El abajo firmante procede a la retirada de los materiales que se relacionan a continuación, en calidad de préstamo en depósito, comprometiéndose a respetar la Normativa de Préstamo vigente1 de la Universidad de Huelva.
1NORMATIVA DE PRÉSTAMO (extracto)
(aprobada en sesión del Consejo de Gobierno celebrada el 14 de octubre de 2009):
Art. 4b. Préstamo en depósito. Es el que, por necesidades funcionales y de gestión muy concretas, requiere la ubicación permanente en Laboratorios, Servicios y otras Unidades Administrativas, de un fondo constituido exclusivamente por enciclopedias, diccionarios, guías de uso, y legislación, siempre y cuando hayan sido adquiridas con cargo al presupuesto de la unidad de gasto solicitante. Las solicitudes de préstamos de este tipo irán dirigidas a la Dirección de la Biblioteca, y firmadas por la persona Responsable de la Unidad correspondiente, que a todos los efectos será responsable del préstamo. La autorización de este tipo de préstamos corresponderá a la Dirección de la Biblioteca. Los fondos acogidos a esta modalidad de préstamo deberán ubicarse en las dependencias del Laboratorio, Servicio o Unidad Administrativa.