Tesis Doctoral

Referencias normativas

Véase http://www.uhu.es/eduhu/documentos/regla_eduhu_14.pdf  para la Universidad de Huelva.

Véase http://www.unia.es/images/stories/Postgrados%20Oficiales/instrucciones_tesis_2014_por_acuerdo_cg_6_de_2014.pdf, para la Universidad Internacional de Andalucía.

En particular la Universidad Internacional de Andalucía, por acuerdo del Consejo de Gobierno 6/2014, de 18 de febrero, establece las instrucciones para la elaboración, presentación y defense de la tesis doctoral en la Universidad Inyernacional de Andalucía, en la que se adaptan las normas propias de la UNIA a las exigencias del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero (BOE de 10 de febrero. La normativa establece los siguientes procedimientos previos a la autorización para su presentación y defensa:

1. Valoración de la Comisión Académica del Programa: Una vez elaborada la tesis doctoral, el doctorando solicitará a la Comisión académica del Programa de Doctorado una valoración de la misma, con el fin de garantizar, con anterioridad a su presentación formal, la calidad y avalar, si procede, la solicitud de autorización de defensa a la Comisión de Postgrado de la UNIA. La solicitud se realizará mediante la presentación del impreso habilitado al efecto (anexo 4) en el Registro Auxiliar del Campus donde se haya desarrollado el Programa de Doctorado.

2. El Vicerrector o Vicerrectora de Campus remitirá la solicitud al Presidente de la Comisión Académica del Programa para su valoración e informe (anexo 5.1). Dicha valoración deberá acompanñarse de dos informes de expertos (anexo 5.2) Doctores con acreditada experiencia investigadora de los aámbitos de conocimiento sobre los que verse la tesis (que cumplan con los requisitos exigidos para ser director de tesis). Los dos expertos seleccionados pertenecerán a Universidades o Centros de Investigación españoles o extranjeros distintos de los Centros universitarios responsables del Programa de Doctorado que imparte la formación investigadora. Igualmente, el Departamento universitario responsable del Programa de Doctorado deberaá emitir un informe motivado (anexo 5.3), exponiendo los resultados de la valoración de la tesis y autorizando la presentación y defensa de la misma en la Universidad Internacional de Andalucía.

3. La mencionada valoración, junto a los informes de los expertos y del Departamento, se remitirán al Vicerrector o Vicerrectora de Campus que lo solicitó. En los supuestos de no considerarse procedente la presentación y defensa de la Tesis, se le dará traslado al Director, Tutor y doctorando, con indicación de las causas que lo motivan.

4. Solicitud de presentación formal y depósito. Una vez recibidos en el Campus los informes favorables establecidos en los apartados anteriores, el doctorando solicitará la autorización para la presentación formal (anexo 6) y, en su caso, trámite de depósito, presentando la documentación que se indica a continuación, a través del impreso normalizado en el Registro Auxiliar del Campus. La dirección del Campus lo remitirá a la Oficina de Estudios de Postgrado para su incorporación a la correspondiente Comisión de Postgrado.

Documentación a presentar

1. Solicitud de depósito según impreso normalizado.

2. Autorización del Director/a de la tesis.

3. Dos ejemplares de la tesis en soporte papel, debidamente encuadernados.

4. Una copia en soporte informático de la tesis.

5. Un resumen de la tesis (de 4.000 caracteres como máximo) en castellano y la traducción al inglés.

6. Informe de la Comisión Académica del Programa autorizando la presentación de la Tesis, acompañado del informe del Departamento responsable y de los emitidos por los dos expertos Doctores.

7. Solicitud de mención de doctorado Internacional, en el caso de que se opte por esta mención, junto con la documentación requerida (anexo 10).

Autorización

La Comisión de Posgrado, a la vista de la documentación presentada y de los informes aportados, decidirá si autoriza o no la presentación formal de la tesis, notificándolo al Doctorando, Director/a de la Tesis, Comisión Académica del Programa y el Vicerrector o Vicerrectora de Campus. Igualmente, en el supuesto de autorizarse, dará instrucciones a la Oficina de Estudios de Postgrado para que se inicie el trámite de exposición pública.

Una vez obtenida la autorización para la tramitación de la tesis y siempre con carácter previo al acto de la defensa de la tesis, el doctorando formalizará la matrícula y abonará los precios públicos establecidos al efecto.

Exposición pública

La tesis se someterá a exposición pública con los siguientes requisitos: a. De los dos ejemplares depositados, la Oficina de Estudios de Postgrado remitirá uno a la Secretaría General de la Universidad para su exposición pública, durante 15 días hábiles, en el Registro General de la Universidad. El otro ejemplar, será enviado, igualmente por la Oficina de Estudios de Postgrado, al Departamento universitario responsable del Programa para que se someta a información pública durante 15 días hábiles. Durante dicha exposición, cualquier Doctor acreditado podrá consultarla y realizar las alegaciones que estime oportunas mediante escrito dirigido al vicerrector o vicerrectora con competencias en Doctorado.

b. Finalizado el plazo de exposición pública, se procederá tanto por parte de la Secretaría General como por el Secretario/a del Departamento, a remitir los ejemplares expuestos a la Oficina de Posgrado, acompañado de un informe sobre el trámite realizado (anexos 7.1 y 7.2) y, en su caso, de las alegaciones recibidas (anexo 8).

Autorización de evaluación y defensa

Cumplido el trámite de exposición pública, la Oficina de Estudios de Postgrado remitirá a la Comisión de Postgrado el expediente completo de la tesis, acompañado de los informes de depósito y, en su caso, alegaciones presentadas, así como el documento de actividades del doctorando. La Comisión resolverá en el sentido de autorizar o no la defensa con indicación, en su caso, de lugar y fecha de celebración.

La tesis podrá ser desarrollada y, en su caso, defendida, en los idiomas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento. En estos casos deberá acompañarse de, al menos, la introducción o presentación y las conclusiones en castellano.

Hasta el momento del acto de defensa y exposición pública de la tesis, la Comisión de posgrado podrá suspender la autorización de la tesis si se produjeran circunstancias graves sobrevenidas lo que deberá comunicarse a la persona que desempeñe la presidencia del tribunal.

En los supuestos de no autorización de defensa de la tesis, la Comisión comunicará por escrito al Doctorando, al Director/a de la tesis y al Departamento universitario responsable del Programa de Doctorado las razones de su decisión.

Propuesta de Tribunal

Autorizada la defensa de la tesis doctoral por la Comisión de Posgrado, corresponde al Director/a de la tesis presentar a la Comisión de Posgrado una propuesta de tribunal de 5 miembros (6 miembros en la Universidad de Huelva), doctores de acreditada experiencia investigadora en los ámbitos de conocimiento sobre los que verse la tesis. Esta experiencia se considera acreditada si se cumple, al menos, uno de los requisitos contemplados en el apartado primero de esta normativa.

La Comisión de Posgrado, una vez analizada la propuesta, nombrará un tribunal compuesto por 3 miembros titulares y 2 suplentes. La propuesta deberá formalizarse en los impresos establecidos para ello (anexo 9.1) y acompañarse de los currículum vitae de los miembros propuestos (anexo 9.2).

1. En la composición del tribunal tendrán que figurar al menos dos miembros doctores externos a la Universidad y a las instituciones colaboradoras. El Director/a y Tutor de la tesis no podrá formar parte del tribunal.

2. La Comisión de Postgrado designará, entre los miembros del tribunal un Presidente preferentemente el de mayor categoría profesional y antigüedad y un Secretario, al miembro de menor categoría profesional y antigüedad.

3. En caso de renuncia por causa justificada de un miembro titular del tribunal, el presidente procederá a sustituirle por el suplente correspondiente. En el caso de renuncia de la presidencia por causa justificada sobrevenida, la Comisión de postgrado propondrá a su sustituto de entre el resto de integrantes del tribunal, debiendo comunicarlo a la Oficina de Postgrado.

 

Defensa y evaluación de la tesis

1. Comunicada la autorización de la defensa de la tesis doctoral y la composición del tribunal, se le requerirá al doctorando la entrega de cinco ejemplares de la tesis en el Servicio de Ordenación Académica del Campus donde se ha desarrollado el Programa de Doctorado, a través del Registro Auxiliar de la misma.

2. El Servicio de Ordenación Académica del Campus enviaré un ejemplar de la tesis a cada uno de los miembros del Tribunal, con una antelación mínima de quince días a la fecha prevista de lectura.

3. El acto de defensa de la tesis será convocado por el Presidente del Tribunal, consensuada su ubicación y fecha con el Vicerrector o Vicerrectora de Campus dónde se vaya a realizar el mismo, y comunicado por el Secretario a todos los miembros del Tribunal y a la Comisión de Postgrado con una antelación mínima de quince días naturales a su celebración. El acto de defensa deberá realizarse antes de transcurrir seis meses desde su autorización por la Comisión de Postgrado.

4. En el acto de defensa de una tesis doctoral, deberán estar presentes los tres miembros que constituyen el Tribunal. En caso de imposibilidad de asistencia por causas justificadas acreditadas de alguno de los titulares designados por la Comisión, el Presidente del Tribunal procederá a sustituirle con el primer suplente y, si no es posible, con el segundo suplente (Anexo 12). En todo caso se deberá cumplir el requisito de que dos de los miembros del tribunal sean externos a la Universidad o Universidades responsables del programa de doctorado. En el caso de que se decidiese suspender el acto, se fijará otro día para realizar la defensa de acuerdo con el resto de miembros del tribunal y el doctorando o doctoranda, debiéndose comunicar a la Oficina de Postgrado.

5. El tribunal dispondrá del documento de actividades del doctorando con las actividades formativas llevadas a cabo. Este documento de seguimiento no dará lugar a una puntuación cuantitativa, pero sí constituirá un instrumento de evaluación cualitativa que complementará la evaluación de la tesis doctoral.

6. El acto de defensa se realizará en sesión pública en el Campus de la Universidad donde se encuentre depositada la tesis y consistirá en la exposición y defensa por el Doctorando, ante los miembros del Tribunal, del trabajo de investigación realizado. Los Doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el Presidente del Tribunal.

7. En casos debidamente justificados que imposibiliten la presencia física del doctorando o doctorando, la Comisión de Postgrado podrá autorizar que el acto de defensa se realice mediante videoconferencia siempre que se garantice que el mismo se desarrolle en sesión pública en ambas sedes, y el cumplimiento de lo establecido por la regulación establecida. A tales efectos, el presidente del tribunal evaluador adoptará las medidas necesarias que aseguren dicho cumplimiento.

8. El idioma habitual que se utilizará en el acto de defensa será el castellano. No obstante, la tesis doctoral se podrá defender en otro idioma, siempre que conste, por escrito, el consentimiento expreso de todos los miembros del Tribunal.

9. El Tribunal emitirá un informe y la calificación global concedida a la tesis de acuerdo con la siguiente escala: No apto, aprobado, notable y sobresaliente. El Tribunal podrá otorgar la mención de ¿cum laude¿ si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad (Anexo 13). La Universidad habilitará los mecanismos precisos para la materialización de la concesión final de dicha mención garantizando que el escrutinio de los votos para dicha concesión se realice en sesión diferente de la correspondiente a la de defensa de la tesis doctoral.

Mención de Doctor Internacional

En el anverso del título de Doctor se podrá incluir la mención ¿Doctor Internacional¿ siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo 15 del Real Decreto 99/2011 (Anexo 14).

1. Que el doctorando haya realizado durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de doctor, una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación relacionados con la tesis doctoral. 2. Los doctorandos no españoles deberán realizar la estancia en centros diferentes a las Universidades en las que cursaron sus estudios de grado o posgrado, y diferente a la que se encuentren vinculados.

3. Las estancias deben estar avaladas por la dirección de la tesis y autorizadas por la Comisión Académica del programa de doctorado. Dicha estancia será acreditada con el certificado correspondiente expedido por el responsable del grupo de investigación o institución responsable de la misma.

4. Que parte de la tesis, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España.

5. Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores, con los mismos requisitos que los especificados para la dirección de tesis doctoral, pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española (anexo 11).

6. Que en el tribunal constituido de conformidad con lo preceptuado en el Apartado Cuarto, punto uno, al menos uno de los miembros, además pertenezca a alguna institución de educacioón superior o centro de investigación no española, y distinto de los expertos mencionados en los apartados 1, 2 y 5.

Las posibles incidencias que surjan en situaciones muy excepcionales durante el propio acto de lectura de tesis deberán ser comunicadas por Presidente del Tribunal a la Comisión de Posgrado, a través del Presidente de la misma. La Comisión, reunida o consultada de urgencia, analizará la situación y tomará la decisión correspondiente.

El acta de calificación será remitida por el Secretario del tribunal a la Secretaría General de la Universidad, para su archivo. Todos los miembros del tribunal firmarán las dos tesis depositadas con el fin de verificar su coincidencia con las remitidas a ellos en su día.

Régimen de Dedicación Docente

Respecto a la dirección y codirección de tesis la labor de dirección de tesis doctorales es reconocida por la Universidad de Huelva en la actividad docente e investigadora del director, en los términos anualmente contemplados en los planes docentes (POD), que este programa aspira a fomentar ayudando a la formación de directores noveles que permita a los doctores que no hayan dirigido tesis entrar en régimen de codirección con un investigador experimentado y de probada competencia en tareas similares.

A la vista de que el Programa de doctorado tiene muy presente tanto la interdisciplinariedad como la cooperación con otras Universidades, especialmente en virtud de las propias características de la UNIA, es seguro que en muchas ocasiones se producirán casos de codirección de tesis que se esperan muy fructíferos.

Participación de expertos internacionales e internacionalización

El programa fomentará la internacionalización, al menos mediante las siguientes acciones:

1. Tesis que optan a la mención internacional. Se tratará que las tesis aspiren casi de manera exclusiva a la obtención de de la mención internacional, según las normas aprobadas al respecto. En este punto probablemente aumente la participación de profesores externos en la supervisión de las tesis, en especial la de aquellos que acogen a los doctorandos en sus estancias predoctorales.

2. Participación de expertos internacionales en la evaluación previa de la tesis doctoral, emitiendo informes sobre la idoneidad de la investigación. Nuestro objetivo es que al menos la mitad de las tesis defendidas en el programa opten a la mención de doctorado internacional.

3. Se fomentará la participación de expertos internacionales en los controles de seguimiento, a cuyo fin contaremos con los especialistas invitados para impartir seminarios o conferencias entre las actividades previstas cada curso académico.

Organo responsable

La Comisión Académica del Programa de Doctorado como establece la Normativa de la Universidad de Huelva para el Doctorado,  La Comisión Académica del Programa de Doctorado es el órgano colegiado responsable de su diseño, organización y coordinación.

Además, le corresponde supervisar el progreso de la investigación y de la formación de cada doctorando del Programa de Doctorado y de tomar las decisiones que afectan al funcionamiento de éste.

La Comisión Académica del Programa de Doctorado estará formada por un cinco profesores del Programa de Doctorado, que contarán, al menos, con los requisitos establecidos para ser tutor o director de tesis. Los miembros de la Comisión Académica del Programa de Doctorado serán elegidos por y entre los profesores del Programa de Doctorado, y serán nombrados por el Rector, previo informe favorable del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, responsable de éste. Su mandato tendrá una duración de cuatro años.

Las sesiones de la Comisión Académica serán presididas por el coordinador del Programa de Doctorado, que será miembro de pleno derecho de ésta. De acuerdo con esto la Comisión académica del Programa estará formada por cinco miembros elegidos de la siguiente forma:

1. Cuatro miembros de la Universidad de Huelva de entre todos los profesores del programa, del que al menos uno ha de pertenecer a la UNIA, y por el coordinador del programa.

2. La Comisión académica propondrá como coordinador/a o coordinadores a uno o dos de sus miembros, a través de acuerdo mayoritario.

El órgano responsable de los estudios de doctorado de la UNIA comunicará el nombre de su representante. Asimismo una vez la Comisión designe al Coordinador y coordinador adjunto y antes de su nombramiento se pondrá en conocimiento de la UNIA.

Buenas prácticas a observar en la tarea de dirección de tesis doctorales

Junto a la Guía de Buenas Prácticas de la Universidad de Huelva (http://www.uhu.es/eduhu/documentos/buenas_practicas_eduhu.pdf), la Comisión Académica ha adaptado ésta a las peculiaridades del programa.

En líneas generales, estas prácticas recomendadas son las siguientes:

Desde la premisa de la asunción de un compromisode largo plazo por parte del Director de la Tesis en la formación de un doctorando, el director deberá fomentar en la medida de sus posibilidades que el doctorando obtenga financiación para su propio mantenimiento a través de las convocatorias de becas o contratos de investigación públicos o privados.

El director de tesis también debe ser consciente de los gastos que pueden generar las actividades de investigación que debe llevar a cabo el doctorando y, en el momento de asumir la dirección de la tesis, debe asegurarse de que tiene acceso a la financiación suficiente para que el doctorando pueda desarrollar una investigación de calidad.

El tutor de la tesis asume un compromiso en la supervisión de las tesis dirigidas por investigadores que no sean profesores de la Universidad de Huelva. Ese compromiso se basa en la supervisión y seguimiento de las actividades del doctorando y de la actividad del director como tal.

Del mismo modo deberá actuar como intermediario entre la Universidad, el director de la tesis y el doctorando.

El director y tutor de la tesis deben conocer la legislación relacionada con los estudios de doctorado y en particular la normativa referente a su desarrollo en la Universidad de Huelva y en el Programa de Doctorado.