Gestión Cultural

Vías y requisitos de acceso al título

Los procesos de acceso y admisión a los estudiantes que van a iniciar estudios en la Universidad de Huelva están regulados tanto a nivel estatal (Pruebas de Acceso y Distrito Abierto), como a nivel autonómico (Distrito Único de Andalucía).

El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, señala en su art. 14.1 que el acceso a las enseñanzas oficiales de Grado se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo.

Dicho Real Decreto 1892/2008 ha sido derogado por el Real Decreto 412/2014 de 6 junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias de Grado. No obstante, la disposición adicional cuarta fija el calendario de implantación a partir del curso 2017-18, por lo que la anterior legislación es aplicable siguiendo estos criterios; a) A partir del curso académico 2017-2018, a los estudiantes que hayan obtenido el título de Bachiller del Sistema Educativo Español de acuerdo con la redacción del artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, introducida por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, b) A partir del curso académico 2014-2015, al resto de estudiantes

A nivel autonómico, los órganos colegiados con representación de todas las Universidades Públicas de Andalucía son la Comisión Interuniversitaria de Andalucía, y la Comisión del Distrito Único de Andalucía, que se encargan de coordinar y organizar, para cada curso académico tanto las pruebas de acceso a la universidad, como el proceso de admisión de estudiantes a las universidades dependientes de la Comunidad Autónoma Andaluza. El procedimiento para el ingreso en los Centros Universitarios Públicos de Andalucía, se encuentra regulado en la Resolución que anualmente aprueba y publica la Comisión de Distrito Único de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014.

De acuerdo con la resolución de 18 de febrero de 2015, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 12 de febrero de 2015, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso, en el curso 2015-2016, en los estudios universitarios de grado, podrán acceder a los estudios universitarios en las titulaciones de Grado las personas que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad tras la obtención de título de Bachiller o equivalente, conforme al Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, o su equivalente en regulaciones anteriores.
  2. Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad al curso académico 1974/75, el Curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez, o el Bachillerato de planes anteriores a 1953.
  3. Estar en posesión del título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior, o equivalentes, conforme a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  4. Estar en posesión de un título universitario o equivalente que habilite para el acceso a la Universidad.
  5. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
  6. Estar en posesión de documentación expedida por una Universidad Andaluza que acredite el Acceso a la Universidad para Mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional. Estas personas únicamente tendrán acceso a las titulaciones que se relacionen con la familia profesional en las que, en su conjunto, obtengan al menos, 5 puntos en el citado procedimiento y hayan superado la fase de entrevista.
  7. Haber superado la Prueba de Acceso a la Universidad para Mayores de 45 años en una Universidad de Andalucía.
  8. Ser estudiantes en posesión del título de Bachillerato Europeo o del diploma de Bachillerato internacional o de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, que estén en posesión de documentación acreditativa expedida por organismo o institución española que les habilite para el acceso a la Universidad en España conforme a lo regulado en el artículo 20 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre.

En el caso de las pruebas lingüísticas, las normativas por las que nos regimos son:

Además de estas modalidades de acceso, existen otras posibilidades de acceder a la universidad y matricularse en un título de Grado, según: