Información de interés


¿Cómo darme de Alta como Autónomo?

Desde 2018, si quieres darte de alta como autónomo, tendrás que plantear en primer lugar tu fecha de alta en la Seguridad Social y luego, en Hacienda. El registro en el RETA tendrá que llevarse a cabo en el periodo que abarca los 60 días anteriores al alta como empresario o profesional en Hacienda, o bien tramitar el alta en ambos organismos en el mismo día.

Recomendamos darse de alta como autónomo en Seguridad Social y Hacienda al mismo tiempo. La cotización del autónomo comenzará a ser efectiva desde la fecha de inicio de la actividad económica.

La Tesorería realizará una comprobación automática en la fecha de efectos del alta para verificar que está tramitada el alta en Hacienda, la cual también debe ser comunicada antes del inicio de la prestación de servicios.

  1. Darse de alta como autónomo: alta en Hacienda

Debes comunicar en Hacienda la fecha de alta en la Seguridad Social, aunque debamos realizar el trámite posteriormente. La fecha de alta en el RETA debe ser anterior al registro en Hacienda (en los 60 días anteriores) o, en la misma fecha de alta en Hacienda.

El alta en el censo de empresarios de Hacienda se hace a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Se presenta online un modelo censal 036, o el equivalente abreviado, el 037. En el modelo censal se comunica, con carácter general, la siguiente información:

  • Datos fiscales: son tus datos personales.
  • Datos de la actividad:
    • Epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas): debes encuadrar tu actividad en alguna actividad de la tabla de epígrafes de IAE proporcionado por la Agencia Tributaria.
    • Dirección de la actividad o del local
    • Si tienes local debes comunicar los metros cuadrados afectos a la actividad
    • Fecha de comienzo de la actividad
    • Régimen de IVA
    • Régimen de IRPF
  1. Darse de alta como autónomo: alta en Seguridad Social 

Tendrás que efectuar el alta como autónomo en la Seguridad Social con fecha anterior (o en el mismo día), que la de tu inicio de tu actividad en Hacienda. De otro modo, no tendrás opción a cotizar por los días trabajados efectivos y tendrás que hacerte cargo de la cuota de autónomos mensual completa.

Este trámite se puede gestionar de forma online con certificado digital y se comunica:

  • Código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de la actividad. Éste código dependerá del IAE elegido y se elige de un listado proporcionado por el INE.
  • Base de cotización. Seguridad social establece para cada año una base de cotización mínima y máxima y entre esos límites se elige una base de cotización sobre la que se calcula la cuota de autónomo.
  • Mutua de Accidente de trabajo. Tienes que elegir una mutua que cubra la incapacidad temporal del empresario.
  • Número de cuenta bancaria donde domiciliar la cuota mensual.

Una vez hayas comunicado todos los datos necesarios a la Seguridad Social, este organismo emitirá una resolución de alta en RETA que será tu justificante de alta autónomo. No olvides que debes conservarlo junto al modelo 036 o 037 de alta en Hacienda

No olvides que debes solicitar las bonificaciones en tu cotización para pagar un importe reducido, en el momento del alta en Seguridad Social. De otro modo, perderías el derecho a disfrutar de descuentos en tu cuota de autónomo, como la tarifa plana.