Procedimientos y reclamaciones
Sistema de garantía de calidad
 

El Sistema de Garantía de Calidad de este curso es el aprobado en Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2012 para los Títulos Propios de la Universidad de Huelva y se encuentra publicado en http://www.uhu.es/formacion_permanente/documentos/sistema_calidad.pdf

 

 

RESPONSABLES DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO PROPIO

 

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos (en adelante CGCT) será la responsable del Sistema de Garantía de Calidad.

 

El Reglamento de Formación Permanente y Títulos Propios de la Universidad de Huelva, aprobado en Consejo de Gobierno de 20 de Junio de 2011, en su artículo 18 (1. Los Títulos Propios de Máster y Experto Universitario poseerá una Comisión de Garantía de Calidad. En el caso de Cursos de Especialización dicha comisión será optativa y sus competencias recaerán en sus órganos de gestión.) indica que debe existir una Comisión de Garantía de Calidad de los Títulos Propios

 

Los aspectos claves a tener en cuenta para dicha comisión son: 1) identificación del órgano responsable del SGC del Título Propio; 2) participación en dicho órgano de las partes interesadas; y 3) reglamento de funcionamiento interno.

 

 

 

1.             COMPOSICIÓN

 

Artículo 18. Comisión de Garantía de Calidad de los Título Propios (Reglamento de Formación Permanente y Títulos Propios de la Universidad de Huelva):

 

Estará compuesta por profesores/as de la correspondiente enseñanza propia en un número no inferior a dos y no superior a cuatro, un PAS si lo hubiere y un/a estudiante, y de ella además formará parte, necesariamente, la Dirección del Título Propio, que la presidirá.

 

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos quedará articulada del siguiente modo:

 

 

 

Nombre y Apellidos

Universidad o Empresa

Adnaloy Pardo Rojas (PDI)

Universidad de Huelva

Mirian Hervás Torres (PDI)

Universidad de Huelva

Almudena Rubiales Brito (PDI)

Universidad de Huelva

Rocío Lago Urbano (PDI)

Universidad de Huelva

Dolores Alamillo Granados (PAS)

Universidad de Huelva

 

 

 

2. CONSTITUCIÓN

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Título Propio (CGCT) se constituirá en su primera reunión mediante la firma de un Acta de Constitución. Se nombrará a un/a Presidente/a y Secretario/a de la misma.

 

3. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS

 

La misión de la Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos es establecer con eficiencia un Sistema de Calidad que implique la mejora continua y sistemática del Título Propio.

 

La visión de esta Comisión es contribuir a que el Título Propio, disponga de indicadores de calidad que lo hagan cada vez más satisfactorio y atractivo para todas las partes interesadas (estudiantes, profesorado, PAS, empleadores, sociedad) y, en consecuencia, tenga una demanda creciente.

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos realizará actuaciones encaminadas a cumplir con los siguientes objetivos:

 

·       Propiciar la mejora continua de los niveles de calidad de las actividades docentes, investigado-ras, de gestión y de transferencia de resultados del Título Propio.

 

·       Garantizar la máxima objetividad e independencia en su actuación.

 

·       Apoyar a la Dirección y a la Comisión Académica del Título Propio, proporcionándole información para la toma de decisiones fundamentada.

 

·       Implicar a todas las partes interesadas (profesorado, PAS, estudiantes, institución, agentes ex-ternos) en los procedimientos de recogida de información pertinentes, asegurando la máxima participación y apoyar sus intereses.

 

·       Velar para que la eficacia, eficiencia y transparencia sean los principios de gestión de los Títulos Propios.

 

 

4. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO

 

Una vez constituida la Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos, se procederá a nombrar al Presidente/a y Secretario/a.

 

Renovación. El mandato de cada miembro titular será anual, salvo que pierda la condición por la cual fue elegido. En el proceso de renovación se procurará que los cambios garanticen la continuidad de las tareas.

 

Reuniones. Las reuniones ordinarias de la CGCT serán convocadas por el Presidente/a con al menos 48 horas de antelación mediante comunicación personalizada a todos sus componentes, en la que se especificará el orden del día (temas a tratar) y se remitirá la pertinente documentación.

 

Las reuniones extraordinarias de la CGCT serán convocadas por el Presidente/a para tratar un único tema con una antelación mínima de 24 horas.

 

La frecuencia de reuniones ordinarias dependerá de la tipología del Título Propio.

 

La iniciativa de convocatoria podrá ser por parte del Presidente/a de la CGCT, por 1/3 de los miembros de la misma o por solicitud de las autoridades académicas, las personas encargadas de la Dirección del Título Propio y/o la Comisión Académica del Título Propio.

 

El Secretario/a levantará un acta por cada reunión, la cual llevará anexados los documentos manejados en la misma. Mientras dure su cargo, el Secretario/a deberá hacer públicas las actas (ej. página Web) y custodiarlas.

 

Decisiones. Las decisiones colegiadas de la CGCT serán tomadas por mayoría de los asistentes a la reunión. El Presidente/a tendrá un voto de calidad en el caso de igualdad de número de votos a favor o en contra de una decisión propuesta.

 

Las decisiones de la CGCT tendrán carácter no ejecutivo. Serán remitidas a la Dirección y a la Comisión Académica del Título Propio para que se tomen las medidas pertinentes encaminadas a la mejora continua del Título Propio.

 

5. FUNCIONES

 

Artículo 18. Comisión de Garantía de Calidad de los Título Propios (Reglamento de Formación Permanente y Títulos Propios de la Universidad de Huelva):

 

3. Serán competencias de esta Comisión las siguientes:

 

a)  Adaptar al contexto específico del Título Propio los sistemas y procedimientos que permitan la evaluación, el seguimiento, el control y la mejora continua del Título Propio, combinando adecuadamente la simplicidad con el rigor, de forma que sean eficiente y eficaces para el fin previsto.

 

b)  Gestionar la información pública disponible en la web del Título Propio, atendiendo a los requisitos mínimos establecido en el anexo II.

 

c)  Gestionar el Sistema de Garantía de Calidad establecido en la propuesta aprobada y realizar el correspondiente informe de seguimiento del Sistema de Garantía de Calidad.

 

d)  Asegurar la máxima participación de las partes involucradas en los procesos de recogida de información.

 

e)  Cualesquiera otras que le atribuya el presente Reglamento para una gestión eficiente del desarrollo del Título Propio.

 

PROCEDIMIENTOS PARA LA RECOGIDA DE DATOS Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN DEL TÍTULO PROPIO

 

 

A continuación, se presentan los distintos procedimientos diseñados para la recogida de datos y el análisis de la información generada. Una síntesis de los mismos aparece reflejada en la tabla 1, que establece las referencias legales, evaluativas, del documento de ENQA y otras.

 

Cada procedimiento viene referenciado con un código (ej.P-1), al que están asociados, en su caso, una serie de herramientas o instrumentos de recogida de información que se presentan en el Anexo 1.

 

Todos los procedimientos presentan una misma estructura; al margen de su denominación, cada procedimiento se inicia con el objetivo o propósito general que persigue y las referencias legales y evaluativas que lo sustentan.

 

Para la elaboración de este Sistema de Garantía de Calidad se toma como base los siguientes documentos:

 

·         Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”.

·         Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios oficiales (ANECA)

·         Real Decreto 861/2010 de 2 de julio por el que se modifica al Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre

 

El “cuerpo” del procedimiento se articula en torno a tres grandes apartados, cumpliendo así con las recomendaciones del Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (ANECA); éstos son: a) Sistema de recogida de datos; b) sistema de análisis de la información; y c) sistema de propuestas de mejora y su temporalización. El procedimiento concluye con un apartado en el que se recogen otros aspectos específicos de interés, como información complementaria, recomendaciones o relación con otros procedimientos.

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y ME MEJORA DE LA CALIDAD. ENSEÑANZA Y EL PROFESORADO

 

El propósito de este procedimiento es obtener información para la mejora y el perfeccionamiento de las actuaciones realizadas por el profesorado, proporcionando resultados sobre la labor docente y permitiendo la obtención de indicadores sobre la calidad de sus actuaciones que sirvan de guía para la toma de decisiones

Referencia legal:

 

·         El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 2 que deben existir “Procedimientos de Evaluación y mejora de la Calidad de la enseñanza y el Profesorado”.

·         El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, en su Anexo I, establece las directrices de elaboración de la Memoria para la solicitud de verificación de los Títulos Oficiales (Grado y Máster). El apartado 9.2 de dicha memoria debe recoger “procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado”.

·         El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.b, recoge que la memoria debe contener “procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado”.

 

Referencias evaluativas:

 

·         El programa VERIFICA de ANECA, en su apartado 9.2 del Protocolo de Evaluación para la verificación de Títulos Universitarios Oficiales (Grado y Máster) señala que se establecerán “procedimientos para la recogida y análisis de información sobre la calidad de la enseñanza”…y… “procedimientos para la recogida y análisis de información sobre el profesorado”

·         Los objetivos de calidad fijados por cada Título en relación a la enseñanza y el profesorado del mismo.

 

Sistema de recogida de datos:

 

·         La CGCT recabará información sobre la calidad docente del profesorado del Título Propio de su competencia, a través de las personas encargadas de la coordinación de los mismos.

·         Con el fin de detectar posibles desviaciones, se podrá recoger información sobre indicadores de resultados por curso académico y por módulo o materia. En el caso de desviaciones muy significativas, se solicitará al profesorado implicado en la docencia de la materia informe justificativo de las mismas.

·         El profesor/a (o coordinador, en el caso de más de un profesor/a del módulo ) cumplimentará un informe del mismo, al concluir cada curso académico, en el que se reflejarán posibles incidencias relacionadas con:

·         La planificación del módulo (organización y coordinación entre profesores/as…)

·         Desarrollo de la enseñanza y evaluación de los aprendizajes (cumplimiento de lo planificado, dificultades en el desarrollo, metodologías docentes, tipos de evaluación, etc.).

·         En caso de incidencias (quejas o reclamaciones), la CGCT recabará informes del coordinador/es del Título Propio y del propio profesorado sobre las mismas.

 

Sistema de análisis de la información:

 

·         Podrá realizarse un análisis de la información recabada a través de la encuesta de opinión, de los indicadores de resultados por curso académico, módulo y/o materia, de los informes de los/as profesores/as (coordinadores/as) del módulo o, en su caso, de las quejas y reclamaciones recibidas.

·         La CGCT elaborará un informe anual con las propuestas de mejora, sugerencias y recomendaciones sobre la calidad de la enseñanza y el profesorado del Título Propio.

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

·       La CGCT elaborará un informe para cada curso académico con los resultados más significativos, en el que se definirán los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora detalladas y dirigidas a las personas encargadas de la Dirección.

·       Las recomendaciones presentadas deben permitir obtener orientaciones básicas para el diseño de acciones encaminadas a subsanar las deficiencias detectadas, las cuales serán tenidas en cuenta en la revisión y mejora del desarrollo del Plan de Estudios del Título Propio.

·       En caso de incidencias con respecto a la docencia de una materia en particular, será informado el profesorado implicado en la misma, de forma que se pongan en marcha las medidas oportunas para solventar tal situación, en consonancia con las recomendaciones de mejora diseñadas desde la CGCT

 

Otros aspectos significativos:

·       Responsables: profesorado

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo Propio que elabora cada curso un informe con los resultados más significativos.

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendoacceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Guía docente e Informe final de resultados.

 

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS (En subsiguientes ediciones)

 

El propósito de este procedimiento es garantizar la calidad de las prácticas externas integradas, en su caso, en el Título Propio.

 

Referencia legal:

 

·       El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 3 que deben existir “Procedimientos para garantizar la Calidad de las Prácticas Externas”.

·       Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: Anexo I, apartado 9.3: Procedimientos para garantizar la calidad de las prácticas externas.

·       El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.c, recoge que la memoria debe contener “Procedimientos para garantizar la calidad de las prácticas externas”

·       Real Decreto 1497/1981, de 29 de junio, sobre Programas de Cooperación Educativa, modificado por el RD 1845/1994, de 9 de septiembre.

·       Convenios de colaboración suscritos entre la Universidad y las empresas/instituciones para la realización de prácticas formativas externas del alumnado.

 

Referencias evaluativas:

 

El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA) en su apartado 9.3 referido a los “Procedimientos para garantizar la calidad de las prácticas externas”, plantea dar respuesta a si: “¿se han definido procedimientos para la recogida y análisis de información sobre las prácticas externas y se ha especificado el modo en que utilizará esa información en la revisión y mejora del desarrollo del plan de estudios?”.

 

Sistema de recogida de datos:

 

La Comisión o persona/s responsable/s de las Prácticas Externas realizará las tareas propias de esta-blecimiento de convenios, difusión del programa, propuesta de tutores/as, asignación de puestos de prácticas al alumnado y desarrollo de las mismas. Por su parte, la Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos (CGCT) recabará de los responsables de Prácticas Externas, al final de cada curso académico, los resultados del programa. Asimismo, recogerá información para nutrir los indicadores correspondientes.

 

Sistema de análisis de la información:

 

La CGCT llevará a cabo el análisis de dichos resultados e indicadores, elaborando un Informe sobre la calidad del programa de prácticas externas que incluirá aquellas propuestas de mejora que considere adecuadas, relativas a cualquiera de las etapas y participantes en el proceso, y lo remitirá a la persona/s responsable/s del Título Propio.

 

 

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

El Informe referido en el apartado anterior será considerado por la Comisión Académica del Título Propio y por la Dirección del Título Propio, quienes deberán tomar finalmente las decisiones que correspondan en la revisión y mejora del desarrollo del plan de estudios del Título Propio.

 

Otros aspectos:

·         Responsables: responsable de prácticas externas

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo que valora el funcionamiento de las prácticas externas y realiza la evaluación del informe final sobre las mismas

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendo acceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Programa de prácticas e Informe final sobre la calidad del programa deprácticas.

 

 

PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR LA EMPLABILIDAD Y LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS POSGRADUADOS Y DE LA SATISFACCIÓN CON LA FORMACIÓN RECIBIDA

 

El propósito de este procedimiento es establecer un sistema que permita medir, analizar y utilizar los resultados sobre la empleabilidad y la inserción laboral de los posgraduados, y sobre la satisfacción con la formación recibida.

 

Referencia legal:

 

·       El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 4 que deben existir “Procedimientos para el análisis, la mejora y la toma de decisiones”.

·       El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, en su introducción, señala que “la nueva organización de las enseñanzas incrementará la empleabilidad de los titulados al tiempo que cumple con el objetivo de garantizar su compatibilidad con las normas reguladoras de la carrera profesional de los empleados públicos”.

·       Asimismo, en el Anexo I, apartado 9.4., se establece que los nuevos Títulos deberán contar con “Procedimientos de análisis de la inserción laboral de los graduados y de la satisfacción con la formación recibida”.

·       El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.d, recoge que la memoria debe contener “Procedimientos de análisis de la inserción laboral de los graduados y de la satisfacción con la formación recibida y en su caso su incidencia en la revisión y mejora del título”.

 

Referencias evaluativas:

 

·       La Guía de Apoyo para la elaboración de la Memoria para la solicitud de Verificación de Títulos Oficiales (ANECA) establece en su apartado 9.4 que se han de diseñar “el procedimiento que permita medir, analizar y utilizar los resultados sobre la inserción laboral de los futuros graduados y de la medición de la satisfacción con la formación recibida”.

·       Se deben describir los métodos disponibles en la Universidad para:

·       la recogida de esta información, definir la frecuencia y el modo de recopilación, el análisis de los datos obtenidos,

·       La utilización de los resultados del análisis, para lograr la mejora del nuevo plan de estudios”.

 

Sistema de recogida de datos:

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos recabará de la Unidad competente de la Universidad (Servicio de Empleo, Observatorio Local de Empleo, Sociedad, etc.), los resultados del estudio de empleabilidad. Al margen de esto, sería conveniente obtener información de las bases de datos de la Seguridad Social, del Servicio Andaluz de Empleo o de otros organismos.

Las encuestas están conformadas por un total de 5 variables, a saber:

 

·       El Título Propio (satisfacción con la formación recibida)

·       Trayectoria laboral y situación actual

·       Organización en la que trabaja

·       Competencias (Conocimientos habilidades y destrezas)

·       Información personal

 

Es conveniente la realización de este estudio tras 2 años de la finalización de los estudios del Título Propio por los estudiantes.

 

Sistema de análisis de la información

Desde el Servicio competente se podrán llevar a cabo las siguientes actuaciones:

 

·       Clasificación de los cuestionarios

·       Tratamiento de los datos a través de un programa estadístico

·       Creación de la matriz de datos

·       Análisis de los mismos

·       Elaboración de los informes de los distintos Títulos Propios analizados

 

La CGCT, a la recepción de los informes, realizará un análisis interpretativo elaborando un informe de la situación y de las posibles propuestas de mejora que remitirá a la Comisión Académica del Título Propio y a la Dirección del mismo, quienes deberán tomar finalmente la decisión que corresponda en la revisión y mejora del desarrollo del Plan de Estudios del Título Propio.

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

En el supuesto de que no se cumplieran las expectativas mínimas de empleabilidad, la CGCT deberá elaborar un plan de mejora encaminado a subsanar las deficiencias detectadas en aras a alcanzar las cotas de empleabilidad previstas. Se deberán asignar el/los responsable/s de la implementación y seguimiento de las mejoras.

 

Otros aspectos:

·       Responsables: Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Empresa.

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo que valora el informe o análisis realizado por el Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Empresa, o el órgano competente.

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendoacceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: informe de egresados de la Universidad de Huelva e Informe de laCGCT

 

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA SATISFACCIÓN GLOBAL SOBRE EL TÍTULO PROPIO

 

El propósito de este procedimiento es conocer el nivel de satisfacción global de los distintos colectivos activos implicados en el Título Propio (Profesorado y alumnado) en relación a la orientación y acogida, la planificación, el desarrollo y los resultados del mismo.

 

Referencia legal:

 

·         El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, en su Anexo I, establece las directrices de elaboración de la Memoria para la solicitud de verificación de los Títulos oficiales. El apartado 9.5 de dicha memoria debe recoger, entre otros, “procedimientos para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados”.

·         El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.e, recoge que la memoria debe contener “Procedimientos para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.), y de atención a las sugerencias o reclamaciones y, en su caso, su incidencia en la revisión y mejora del título”.

 

Referencias evaluativas:

 

El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (Programa VERIFICA, ANECA) establece que “el Centro en el que se imparte el Título o, en su defecto, la Universidad debe disponer de unos procedimientos asociados a la Garantía de Calidad y dotarse de unos mecanismos formales para la aprobación, control, revisión periódica y mejora del Título”. La propuesta debe establecer los mecanismos y procedimientos periódicos que se utilizarán para revisar el Plan de Estudios, sus objetivos, competencias, planificación, etc. De forma más específica, el apartado 9.5 señala que se establecerá “procedimientos para la recogida y análisis de la información sobre la satisfacción de los colectivos implicados en el Título,..”

 

Sistema de recogida de datos:

 

Al objeto de recabar información sobre el nivel de satisfacción de los diferentes colectivos implicados en el Título Propio, se recomienda la utilización de una encuesta de opinión para estudiantes y Profesorado. Este instrumento será implementado tras finalizar el último curso del Título Propio (en el caso del profesorado se pasará la encuesta al terminar el mismo la docencia en el Título Propio).

 

El contenido de los ítems es prácticamente el mismo para los dos colectivos, con objeto de poder contrastar adecuadamente las distintas opiniones. Con esta herramienta se recoge información sobre las siguientes variables:

1.      Variables socio-demográficas (edad, género, Título, curso, sector).

2.      Satisfacción con los sistemas de orientación y acogida a los estudiantes para facilitar su incorporación al Título.

3.      Satisfacción general con la planificación y el desarrollo de las enseñanzas en el Título:

a.     Distribución temporal y coordinación de módulos o materias.

b.     Adecuación de los horarios, turnos, distribución teoría-práctica, tamaño de los grupos.

c.     Satisfacción con la metodología utilizada (variedad, innovación,…).

d.     Satisfacción con los programas de movilidad.

e.     Satisfacción con las prácticas externas.

f.      Disponibilidad, accesibilidad y utilidad de la información sobre el Título (nivel de satisfacción con la página Web y con otros medios de difusión).

g.     Satisfacción con los recursos humanos:

i.        Profesorado del Título

ii.       Equipo o persona/s que gestiona/n el Título.

h. Satisfacción con los medios materiales y las infraestructuras disponibles para el Título.

 

4. Grado de satisfacción con los Resultados:

o    Satisfacción con los sistemas de evaluación de competencias.

o    Satisfacción con la atención a las sugerencias y reclamaciones.

o    Satisfacción con la formación recibida (valoración global).

o    Cumplimiento de expectativas sobre el Título.

 

Sistema de análisis de la información:

 

La CGCT podrá solicitar ayuda de las Unidades o Servicios correspondientes de la Universidad de Huelva para procesar y analizar los datos sobre satisfacción de los distintos colectivos con el Título Propio en relación con cada una de las variables que conforman la encuesta. Los análisis de la información se podrán hacer de forma desagregada por grupo de implicados. A partir de dicha información, la CGCT elaborará un informe con las propuestas de mejora, sugerencias y recomendaciones sobre el Título Propio.

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

Al finalizar los análisis de satisfacción global, la CGCT elaborará un informe con los resultados, en el que se definirán los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora detalladas y dirigidas a los agentes pertinentes. La CGCT trasladará al responsable del Título Propio los resultados de satisfacción y las propuestas que hayan elaborado a partir de la información recabada, para el diseño de acciones encaminadas a subsanar las deficiencias detectadas. El responsable del Título Propio trasladará las propuestas de mejora a la Comisión Académica del Título Propio o cualquier otro órgano o Comisión encargada de la toma de decisiones sobre el Título Propio.

 

Cuando se disponga de varias evaluaciones, la CGCT tendrá en cuenta la evolución de los datos de satisfacción y se hará constar en los informes.

 

Otros aspectos :

·       Responsables: Responsables del Título Propio.

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo que valora y analiza los resultados de las encuestas.

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendoacceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Cuestionario a los grupos de interés e Informe final con los resultados.

 

PROCEDIMIENTO PARA SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

 

El propósito de este procedimiento es establecer un sistema que permita atender las sugerencias y reclamaciones con respecto a elementos propios del Título Propio, en procesos tales como matrícula, orientación, docencia recibida, programas de movilidad, prácticas en empresas, recursos, instalaciones, servicios…

 

Referencia legal:

 

·       El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 4 que deben existir “Procedimientos para el análisis, la mejora y la toma de decisiones”.

·       El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, en su Anexo I, establece las directrices de elaboración de la Memoria para la solicitud de verificación de los Títulos oficiales. El apartado 9.5 establece la necesidad de recoger “Procedimientos para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.), y de atención a las sugerencias o reclamaciones”.

·       El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.e, recoge que la memoria debe contener “Procedimientos para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados (estudiantes, personal académico y de administración y servicios, etc.), y de atención a las sugerencias o reclamaciones y, en su caso, su incidencia en la revisión y mejora del título”.

 

Referencias evaluativas:

 

La Guía de Apoyo para la Elaboración de la Memoria para la Solicitud de Verificación de Títulos Oficiales (VERIFICA, ANECA) establece en su apartado 9.5 que “las reclamaciones y sugerencias, son consideradas otra fuente de información sobre la satisfacción del estudiante. Se deberá en este apartado establecer la sistemática para recoger, tratar y analizar las sugerencias o reclamaciones que estos puedan aportar respecto a la calidad de los estudios, la docencia recibida, las instalaciones y servicios, etc." El Protocolo de Evaluación para la Verificación de los Títulos Universitarios (VERIFICA, ANECA), establece que se definan “procedimientos adecuados para la recogida y análisis de información sobre las sugerencias o reclamaciones de los estudiantes” y que se especifique “el modo en que utilizará esa información en la revisión y mejora del desarrollo del plan de estudios”.

 

Sistema de recogida de datos:

 

·       El Título Propio dispondrá de un canal de atención de sugerencias y reclamaciones, que podrá ser el establecido con carácter general por la Universidad. En todo caso, en la Web del Título Propio habrá información suficiente de cómo presentar sugerencias y/o reclamaciones y estará disponible el impreso correspondiente, así como publicados los plazos máximos de respuesta.

·       Las reclamaciones tendrán como objeto poner de manifiesto las actuaciones que, a juicio de la persona reclamante, supongan una actuación irregular o no satisfactoria en el funcionamiento de los servicios que se prestan con motivo de las enseñanzas del Título Propio, y podrán ser formuladas por personas físicas y jurídicas, individuales o colectivas.

·       Las sugerencias tendrán como finalidad la mejora de la eficacia, eficiencia y calidad de los servicios prestados en el Título Propio e incrementar la satisfacción de estudiantes, profesorado, personal de apoyo y otros colectivos. Una vez entregada la sugerencia o reclamación, se garantizará a la persona reclamante el denominado “acuse de recibo”.

 

Sistema de análisis de la información:

 

El procedimiento para la conclusión de la Reclamación o Sugerencia estará sometido a los criterios de transparencia, celeridad y eficacia, impulsándose de oficio en todos sus trámites y respetando la normativa general sobre Quejas y Sugerencias que tenga establecida la Universidad.

Las hojas de sugerencias o reclamaciones se harán llegar a los diferentes responsables del Título Propio u órgano competente.

Cada sugerencia/reclamación será analizada e informada por el correspondiente responsable, u órgano competente, que podrá recabar cuanta información escrita o verbal estime oportuna. El pertinente informe se remitirá a la Dirección del Título Propio quien someterá, en caso necesario, la sugerencia/reclamación a la Comisión Académica del Título Propio para la toma de decisión oportuna. Si ésta supusiera alguna acción que no sea de su competencia, la trasladará al órgano correspondiente de la Universidad.

En cualquier caso, será recomendable remitir un informe con todas las reclamaciones y sugerencias a la Comisión de Garantía de Calidad del Máster en Comunicación en Lenguaje de Signos, quien las analizará y emitirá un informe que será enviado al responsable del Título Propio.

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

La Comisión de Garantía de Calidad del Título Propio recabará información sobre las reclamaciones y sugerencias tramitadas, así como sobre las decisiones adoptadas por los órganos correspondientes. Posteriormente, la CGCT acordará las recomendaciones pertinentes encaminadas a la mejora del Título Propio, tratando con especial atención aquellas incidencias que se repitan de manera continuada

 

Otros aspectos :

 

·       Responsables: Jefe responsable del Servicio afectado y Coordinador de la gestión de las quejas,reclamaciones, sugerencias y felicitaciones.

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo que valora y analiza el informe de los resultados del proceso realizado por los responsablesRendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendoacceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Informe de quejas, reclamaciones y sugerencias.

 

PROCEDIMIENTO PARA LA DIFUSIÓN DEL TÍTULO PROPIO

 

El propósito de este procedimiento es establecer mecanismos para publicar la información sobre el plan de estudios del Título Propio, su desarrollo y resultados, con el fin de que llegue a todos los colectivos implicados o interesados (alumnado, profesorado, personal de apoyo, futuros estudiantes, agentes externos, etc.).

 

Referencia legal:

 

·       El Real Decreto 1393/2007, en su apartado 4 del Anexo I (Memoria para la solicitud de Verificación de Títulos Oficiales) se refiere al acceso y admisión de estudiantes. En el apartado 4.1 plantea la necesidad de contar con “Sistemas accesibles de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la Universidad y la enseñanza”.

·       El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 4.1, reafirma la necesidad de contar con “Sistemas accesibles de información previa a la matriculación y procedimientos accesibles de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la Universidad y la enseñanza.

 

Referencias evaluativas:

 

El Protocolo para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (Verifica, ANECA) en su apartado 9.5 plantea la necesidad de dar respuesta a: “¿Se ha establecido mecanismos para publicar información que llegue a todos los implicados o interesados sobre el plan de estudios, su desarrollo y resultados?”.

 

 

Sistema de recogida de datos:

 

El responsable del título y/o la Comisión Académica del Título Propio, con periodicidad anual propondrán qué información publicar, a qué grupos de interés va dirigida y las formas de hacerla pública, utilizando como medio preferente de difusión la página Web del Título Propio. El plan de difusión propuesto podría incluir, entre otra, información sobre:

 

·         La oferta formativa. (profesorado, programas, calendario, horarios, aulas, exámenes, etc.).

·         Las políticas de acceso y orientación de los estudiantes.

·         Los objetivos y la planificación del Título Propio.

·         Las metodologías de enseñanza-aprendizaje y evaluación (incluidas las prácticas externas).

·         Los resultados de las enseñanzas (en cuanto al aprendizaje, inserción laboral y satisfacción con los distintos grupos de interés).

·         Las posibilidades de movilidad y ayudas disponibles para facilitarla.

·         Los mecanismos para realizar reclamaciones y sugerencias.

·         Fecha de actualización de la información.

·         La persona responsable del Título Propio se asegurará de que la página Web esté actualizada.

 

 

Sistema de análisis de la información:

 

El contenido del plan de difusión se remitirá a la CGCT que velará para que la información esté actualizada y sea fiable y suficiente.

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

La CGCT realizará el seguimiento de la Web y de los otros medios de difusión (en caso de existir), y emitirá un informe al finalizar el curso académico para proponer las mejoras que considere oportunas. El Plan de difusión deberá ser revisado anualmente por el/los responsable/s del Título Propio.

 

Otros aspectos

·         Responsables: Responsables del Título Propio.

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad del Título que valora y analiza el Plan de Difusión.

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendoacceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Plan de difusión e informe final de resultados.

 

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS EN EL CASO DE EXTINCIÓN DEL TÍTULO PROPIO

El propósito de este procedimiento es establecer los criterios para la suspensión del Título Propio, así como los procedimientos a seguir por los/ responsables del mismo y por la Universidad para garantizar a los estudiantes la superación de las enseñanzas una vez extinguidas.

 

Referencia legal:

 

El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 4 que deben existir “Procedimientos para el análisis, la mejora y la toma de decisiones”.

 RD 1393/2007 establece, en su artículo 28 sobre “Modificación y extinción de los planes de estudios conducentes a títulos oficiales”, que:

 

1.     “Se considerará extinguido un plan de estudios cuando el mismo no supere el proceso de acreditación previsto en el artículo 27”, lo cual supone “comprobar que el plan de estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial mediante una evaluación…”; “…en caso de informe negativo el título causará baja en el mencionado registro y perderá su carácter oficial y su validez…” (artículo 27).

2.     “Las Universidades están obligadas a garantizar el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización”.

3.     En el ANEXO I (apartado 9.5) se establece que la Memoria para la verificación de los Títulos Oficiales debe recoger los “Criterios específicos en el caso de extinción del Título”.

4.     El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 9.f, recoge que la memoria debe contener los “Criterios específicos en el caso de extinción del Título”

 

Referencias evaluativas:

 

El programa VERIFICA de ANECA, en su “Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales” señala que la propuesta de los nuevos Títulos debe “definir aquellos criterios que establecerán los límites para que el Título sea finalmente suspendido. Para ello, previamente, se debe establecer un procedimiento que describa el sistema creado en el Centro/Universidad para definir estos criterios, así como su revisión, aprobación y actualización periódica”

 

En este mismo sentido, la Guía de Apoyo del programa VERIFICA de la ANECA establece que “se debe identificar cuáles son los criterios para interrumpir la impartición del Título, temporal o definitivamente, y los mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes…”

 

Sistema de recogida de datos:

 

El proceso a desarrollar consta de dos procedimientos: a) criterios para la extinción del Título Propio; b) procedimientos para garantizar los derechos de los/as estudiantes que cursen el Título Propio suspendido.

 

a)     Criterios para la extinción: Los criterios específicos para la extinción del Título Propio podrán ser los siguientes:

 

1.     Falta de adecuación entre la oferta y la demanda formativa

2.     Cambios apreciables en la naturaleza y objetivos del título.

3.     Cambios estructurales en la demanda social de formación superior que producen un desplazamiento sustancial de objetivos.

4.     Escaso número en la demanda de matrícula nueva

5.     Incumplimiento reiterado del conjunto de criterios sustantivos que genera un funcionamiento inapropiado del título

 

b)     Procedimiento para salvaguardar los derechos del alumnado. En la página web y cuantos otros medios se estime oportuno deberá figurar detalladamente:

 

1. Un cronograma que recoja el calendario de implantación del Título Propio.

2. Un mecanismo que permita a los/as estudiantes la superación de las enseñanzas una vez extinguidas, durante un número (a determinar) de años académicos posteriores a la extinción.

3. La definición de las enseñanzas que se extinguen por la implantación del Título Propio propuesto. Los responsables del Título Propio establecerán mecanismos de información individualizada sobre la situación académica de cada estudiante afectado.

 

Sistema de análisis de la información:

 

Se realizarán estudios en torno a la extinción del Título Propio por parte de la Comisión de Garantía de Calidad del Título Propio, utilizando los siguientes indicadores:

 

·         Número de consultas.

·         Número de estudiantes afectados.

·         Otros

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

Al inicio de cada curso académico, la CGCT remitirá un informe global de la situación a los responsables del Título Propio. En función del informe global recibido, los responsables del Título Propio establecerán las acciones de mejora pertinentes.

 

PROCEDIMIENTO PARA EL ANÁLISIS DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO

 

El propósito de este procedimiento es conocer y analizar los resultados previstos en el Título en relación con su Tasa de Graduación, Tasa de Abandono, Tasa de Eficiencia y Tasa de Rendimiento. Asimismo, se dan a conocer y se analizan otros indicadores complementarios del Título con objeto de contextualizar los resultados anteriores.

 

 

 

Referencia legal:

 

·       El Acuerdo del Pleno del Consejo de Universidades del 6 de julio de 2010 refrendado por la Conferencia General de Política Universitaria en su sesión del 7 de julio de 2010 “Las  Universidades y la formación Permanente en las Universidades Españolas”, recoge en su anexo III, Bloque 1 que deben existir “Procedimientos para valorar el progreso y los resultados de los estudiantes”.

·       Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: Anexo I, apartado 8 “Resultados previstos”.

·       8.1. Estimación de valores cuantitativos para los indicadores que se relacionan a continuación y la justificación de dichas estimaciones. No se establece ningún valor de referencia al aplicarse estos indicadores a instituciones y enseñanzas de diversas características. En la fase de acreditación se revisarán estas estimaciones, atendiendo a las justificaciones aportadas por la Universidad y a las acciones derivadas de su seguimiento.

·       Tasa de graduación: porcentaje de estudiantes que finalizan la enseñanza en el tiempo previsto en el plan de estudios o en un año académico más en relación a su cohorte de entrada.

·       Tasa de abandono: relación porcentual entre el número total de estudiantes de una cohorte de nuevo ingreso que debieron obtener el título el año académico anterior y que no se han matriculado ni en ese año ni en el anterior.

·       Tasa de abandono (sólo para másteres de un año PROGRAMA VERIFICA, ANECA): relación porcentual entre el número total de estudiantes de una cohorte de nuevo ingreso que debieron obtener el título el año académico anterior y que no se han matriculado ni en ese año académico ni en el posterior.

·       Tasa de eficiencia: relación porcentual entre el número total de créditos del plan de estudios a los que debieron haberse matriculado a lo largo de sus estudios el conjunto de graduados de un determinado año académico y el número total de créditos en los que realmente han tenido que matricularse.

·       El Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por el que se modifica el RD 1393/2007, en su Anexo I, apartado 8 reafirma la importancia de los resultados previstos.

 

 

Referencias evaluativas:

 

Protocolo de Evaluación para Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA). Apartado 8. Resultados previstos.

8.1. Estimación de indicadores: ¿Se ha realizado una estimación justificada de indicadores relevantes que al menos incluya las tasas de graduación, abandono y eficiencia? ¿Se han tenido en cuenta entre otros referentes los datos obtenidos en el desarrollo de planes de estudios previos?

 

Sistema de recogida de datos:

 

La CGCT recabará al final de cada curso académico, de la Unidad correspondiente de la Universidad, los resultados de los indicadores obligatorios y complementarios.

 

Sistema de análisis de la información:

 

·       La CGCT, en los dos meses siguientes a la recogida de datos, llevará a cabo el análisis de los resultados obtenidos en dichos indicadores, debiendo examinar exhaustivamente el cumplimiento o no del valor cuantitativo estimado para los indicadores obligatorios.

·       Después del análisis, la CGCT elaborará una Memoria que contendrá una descripción lo más detallada posible de la situación actual y, en su caso, recomendaciones para alcanzar el valor cuantitativo estimado que sirve de referencia.

·       En los dos meses siguientes, dicha Memoria será considerada por el órgano competente quien, tras incluir las enmiendas oportunas, deberá remitir la Memoria al órgano competente, que será quien finalmente tome las decisiones que correspondan.

·       El valor de referencia o estimación de valores cuantitativos de los indicadores obligatorios ha de ser dinámico y, necesariamente, se ha de contrastar con los resultados obtenidos de las tasas correspondientes.

·       Se recomienda que para la estimación de valores cuantitativos de los indicadores obligatorios, así como para la justificación de dichas estimaciones, se tomen como base datos históricos, de prospectiva o comparados.

 

 

Sistema de propuestas de mejora y su temporalización:

 

En el supuesto de que no se cumplieran los valores de referencia establecidos, la CGCT deberá recomendar un plan de mejora que solucione los problemas detectados, señalando al responsable del seguimiento y el mecanismo para realizar dicho seguimiento.

 

El plan de mejora, en el supuesto de que sea necesario, deberá ser verificado por la Comisión Académica y aprobado por la Comisión de Títulos Propios

 

Otros aspectos significativos:

 

·       Responsables: Comisión de Garantía de Calidad del Título Propio

·       Participación de los grupos de interés: Se articula a través de la Comisión de Garantía de Calidad delTítulo Propio que elabora cada curso un informe con los resultados más significativos.

·       Rendición de cuentas: el informe final del proceso será publicado en la página web del título, teniendo acceso a los mismos los estudiantes, profesorado, PAS y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de la información sobre el título.

·       Documentos más significativos: Ficha de indicadores, Informe Final.

·       Con objeto de contextualizar los resultados obtenidos, la CGCT recabará de la Unidad correspondiente de la Universidad los resultados de los indicadores. La Universidad debe hacer pública la definición y método de cálculo de tales indicadores.