El Sistema de Garantía de Calidad de
este curso es el aprobado en Consejo de
Gobierno de 18 de julio de 2012 para los
Títulos Propios de la Universidad de
Huelva y se encuentra publicado en http://www.uhu.es/formacion_permanente/documentos/sistema_calidad.pdf
RESPONSABLES DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE
CALIDAD DEL TÍTULO PROPIO
La Comisión de
Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos (en
adelante CGCT) será la responsable del
Sistema de Garantía de Calidad.
El Reglamento
de Formación Permanente y Títulos
Propios de la Universidad de Huelva,
aprobado en Consejo de Gobierno de 20 de
Junio de 2011, en su artículo 18 (1. Los
Títulos Propios de Máster y Experto
Universitario poseerá una Comisión de
Garantía de Calidad. En el caso de
Cursos de Especialización dicha comisión
será optativa y sus competencias
recaerán en sus órganos de gestión.)
indica que debe existir una Comisión de
Garantía de Calidad de los Títulos
Propios
Los aspectos claves a tener en cuenta
para dicha comisión son: 1)
identificación del órgano responsable
del SGC del Título Propio; 2)
participación en dicho órgano de las
partes interesadas; y 3) reglamento de
funcionamiento interno.
1. COMPOSICIÓN
Artículo 18. Comisión de Garantía de
Calidad de los Título Propios
(Reglamento de Formación Permanente y
Títulos Propios de la Universidad de
Huelva):
Estará compuesta por profesores/as de la
correspondiente enseñanza propia en un
número no inferior a dos y no superior a
cuatro, un PAS si lo hubiere y un/a
estudiante, y de ella además formará
parte, necesariamente, la Dirección del
Título Propio, que la presidirá.
La Comisión de Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos quedará
articulada del siguiente modo:
Nombre y Apellidos |
Universidad o Empresa |
Adnaloy Pardo Rojas (PDI) |
Universidad de Huelva |
Mirian Hervás Torres (PDI) |
Universidad de Huelva |
Almudena Rubiales Brito
(PDI) |
Universidad de Huelva |
Rocío Lago Urbano (PDI) |
Universidad de Huelva |
Dolores Alamillo Granados
(PAS) |
Universidad de Huelva |
2. CONSTITUCIÓN
La Comisión de
Garantía de Calidad del Título Propio
(CGCT) se constituirá en su primera
reunión mediante la firma de un Acta de
Constitución. Se nombrará a un/a
Presidente/a y Secretario/a de la misma.
3. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS
La misión de la Comisión de Garantía de
Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos es
establecer con eficiencia un Sistema de
Calidad que implique la mejora continua
y sistemática del Título Propio.
La visión de esta Comisión es contribuir
a que el Título Propio, disponga de
indicadores de calidad que lo hagan cada
vez más satisfactorio y atractivo para
todas las partes interesadas
(estudiantes, profesorado, PAS,
empleadores, sociedad) y, en
consecuencia, tenga una demanda
creciente.
La Comisión de
Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos realizará
actuaciones encaminadas a cumplir con
los siguientes objetivos:
· Propiciar
la mejora continua de los niveles de
calidad de las actividades docentes,
investigado-ras, de gestión y de
transferencia de resultados del Título
Propio.
· Garantizar
la máxima objetividad e independencia en
su actuación.
· Apoyar
a la Dirección y a la Comisión Académica
del Título Propio, proporcionándole
información para la toma de decisiones
fundamentada.
· Implicar
a todas las partes interesadas
(profesorado, PAS, estudiantes,
institución, agentes ex-ternos) en los
procedimientos de recogida de
información pertinentes, asegurando la
máxima participación y apoyar sus
intereses.
· Velar
para que la eficacia, eficiencia y
transparencia sean los principios de
gestión de los Títulos Propios.
4. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO
Una vez constituida la Comisión de
Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos,
se procederá a nombrar al Presidente/a y
Secretario/a.
Renovación. El
mandato de cada miembro titular será
anual, salvo que pierda la condición por
la cual fue elegido. En el proceso de
renovación se procurará que los cambios
garanticen la continuidad de las tareas.
Reuniones. Las
reuniones ordinarias de la CGCT serán
convocadas por el Presidente/a con al
menos 48 horas de antelación mediante
comunicación personalizada a todos sus
componentes, en la que se especificará
el orden del día (temas a tratar) y se
remitirá la pertinente documentación.
Las reuniones extraordinarias de la CGCT
serán convocadas por el Presidente/a
para tratar un único tema con una
antelación mínima de 24 horas.
La frecuencia de reuniones ordinarias
dependerá de la tipología del Título
Propio.
La iniciativa de convocatoria podrá ser
por parte del Presidente/a de la CGCT,
por 1/3 de los miembros de la misma o
por solicitud de las autoridades
académicas, las personas encargadas de
la Dirección del Título Propio y/o la
Comisión Académica del Título Propio.
El Secretario/a levantará un acta por
cada reunión, la cual llevará anexados
los documentos manejados en la misma.
Mientras dure su cargo, el Secretario/a
deberá hacer públicas las actas (ej.
página Web) y custodiarlas.
Decisiones. Las
decisiones colegiadas de la CGCT serán
tomadas por mayoría de los asistentes a
la reunión. El Presidente/a tendrá un
voto de calidad en el caso de igualdad
de número de votos a favor o en contra
de una decisión propuesta.
Las decisiones de la CGCT tendrán
carácter no ejecutivo. Serán remitidas a
la Dirección y a la Comisión Académica
del Título Propio para que se tomen las
medidas pertinentes encaminadas a la
mejora continua del Título Propio.
5. FUNCIONES
Artículo 18. Comisión de Garantía de
Calidad de los Título Propios
(Reglamento de Formación Permanente y
Títulos Propios de la Universidad de
Huelva):
3. Serán competencias de esta Comisión
las siguientes:
a) Adaptar
al contexto específico del Título Propio
los sistemas y procedimientos que
permitan la evaluación, el seguimiento,
el control y la mejora continua del
Título Propio, combinando adecuadamente
la simplicidad con el rigor, de forma
que sean eficiente y eficaces para el
fin previsto.
b) Gestionar
la información pública disponible en la
web del Título Propio, atendiendo a los
requisitos mínimos establecido en el
anexo II.
c) Gestionar
el Sistema de Garantía de Calidad
establecido en la propuesta aprobada y
realizar el correspondiente informe de
seguimiento del Sistema de Garantía de
Calidad.
d) Asegurar
la máxima participación de las partes
involucradas en los procesos de recogida
de información.
e) Cualesquiera
otras que le atribuya el presente
Reglamento para una gestión eficiente
del desarrollo del Título Propio.
PROCEDIMIENTOS PARA LA RECOGIDA DE DATOS
Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN DEL TÍTULO
PROPIO
A continuación, se presentan los
distintos procedimientos diseñados para
la recogida de datos y el análisis de la
información generada. Una síntesis de
los mismos aparece reflejada en la tabla
1, que establece las referencias
legales, evaluativas, del documento de
ENQA y otras.
Cada procedimiento viene referenciado
con un código (ej.P-1), al que están
asociados, en su caso, una serie de
herramientas o instrumentos de recogida
de información que se presentan en el
Anexo 1.
Todos los procedimientos presentan una
misma estructura; al margen de su
denominación, cada procedimiento se
inicia con el objetivo o propósito
general que persigue y las referencias
legales y evaluativas que lo sustentan.
Para la elaboración de este Sistema de
Garantía de Calidad se toma como base
los siguientes documentos:
· Acuerdo
del Pleno del Consejo de Universidades
del 6 de julio de 2010 refrendado por la
Conferencia General de Política
Universitaria en su sesión del 7 de
julio de 2010 “Las Universidades y la
formación Permanente en las
Universidades Españolas”.
· Protocolo
de Evaluación para la Verificación de
Títulos Universitarios oficiales (ANECA)
· Real
Decreto 861/2010 de 2 de julio por el
que se modifica al Real Decreto
1393/2007 de 29 de octubre
El “cuerpo” del procedimiento se
articula en torno a tres grandes
apartados, cumpliendo así con las
recomendaciones del Protocolo de
Evaluación para la Verificación de
Títulos Universitarios Oficiales
(ANECA); éstos son: a) Sistema de
recogida de datos; b) sistema de
análisis de la información; y c) sistema
de propuestas de mejora y su
temporalización. El procedimiento
concluye con un apartado en el que se
recogen otros aspectos específicos de
interés, como información
complementaria, recomendaciones o
relación con otros procedimientos.
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y ME MEJORA
DE LA CALIDAD. ENSEÑANZA Y EL
PROFESORADO
El propósito de este procedimiento es
obtener información para la mejora y el
perfeccionamiento de las actuaciones
realizadas por el profesorado,
proporcionando resultados sobre la labor
docente y permitiendo la obtención de
indicadores sobre la calidad de sus
actuaciones que sirvan de guía para la
toma de decisiones
Referencia legal:
· El
Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 2 que deben existir
“Procedimientos de Evaluación y mejora
de la Calidad de la enseñanza y el
Profesorado”.
· El
Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre,
en su Anexo I, establece las directrices
de elaboración de la Memoria para la
solicitud de verificación de los Títulos
Oficiales (Grado y Máster). El apartado
9.2 de dicha memoria debe recoger
“procedimientos de evaluación y mejora
de la calidad de la enseñanza y el
profesorado”.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.b, recoge que la
memoria debe contener “procedimientos de
evaluación y mejora de la calidad de la
enseñanza y el profesorado”.
Referencias evaluativas:
· El
programa VERIFICA de ANECA, en su
apartado 9.2 del Protocolo de Evaluación
para la verificación de Títulos
Universitarios Oficiales (Grado y Máster)
señala que se establecerán
“procedimientos para la recogida y
análisis de información sobre la calidad
de la enseñanza”…y… “procedimientos para
la recogida y análisis de información
sobre el profesorado”
· Los
objetivos de calidad fijados por cada
Título en relación a la enseñanza y el
profesorado del mismo.
Sistema de recogida de datos:
· La
CGCT recabará información sobre la
calidad docente del profesorado del
Título Propio de su competencia, a
través de las personas encargadas de la
coordinación de los mismos.
· Con
el fin de detectar posibles
desviaciones, se podrá recoger
información sobre indicadores de
resultados por curso académico y por
módulo o materia. En el caso de
desviaciones muy significativas, se
solicitará al profesorado implicado en
la docencia de la materia informe
justificativo de las mismas.
· El
profesor/a (o coordinador, en el caso de
más de un profesor/a del módulo )
cumplimentará un informe del mismo, al
concluir cada curso académico, en el que
se reflejarán posibles incidencias
relacionadas con:
· La
planificación del módulo (organización y
coordinación entre profesores/as…)
· Desarrollo
de la enseñanza y evaluación de los
aprendizajes (cumplimiento de lo
planificado, dificultades en el
desarrollo, metodologías docentes, tipos
de evaluación, etc.).
· En
caso de incidencias (quejas o
reclamaciones), la CGCT recabará
informes del coordinador/es del Título
Propio y del propio profesorado sobre
las mismas.
Sistema de análisis de la información:
· Podrá
realizarse un análisis de la información
recabada a través de la encuesta de
opinión, de los indicadores de
resultados por curso académico, módulo
y/o materia, de los informes de los/as
profesores/as (coordinadores/as) del
módulo o, en su caso, de las quejas y
reclamaciones recibidas.
· La
CGCT elaborará un informe anual con las
propuestas de mejora, sugerencias y
recomendaciones sobre la calidad de la
enseñanza y el profesorado del Título
Propio.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
· La
CGCT elaborará un informe para cada
curso académico con los resultados más
significativos, en el que se definirán
los puntos fuertes y débiles, así como
las propuestas de mejora detalladas y
dirigidas a las personas encargadas de
la Dirección.
· Las
recomendaciones presentadas deben
permitir obtener orientaciones básicas
para el diseño de acciones encaminadas a
subsanar las deficiencias detectadas,
las cuales serán tenidas en cuenta en la
revisión y mejora del desarrollo del
Plan de Estudios del Título Propio.
· En
caso de incidencias con respecto a la
docencia de una materia en particular,
será informado el profesorado implicado
en la misma, de forma que se pongan en
marcha las medidas oportunas para
solventar tal situación, en consonancia
con las recomendaciones de mejora
diseñadas desde la CGCT
Otros aspectos significativos:
· Responsables: profesorado
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo Propio que
elabora cada curso un informe con los
resultados más significativos.
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título,
teniendoacceso a los mismos los
estudiantes, profesorado, PAS y la
sociedad en general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Guía
docente e Informe final de resultados.
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS
PRÁCTICAS EXTERNAS (En
subsiguientes ediciones)
El propósito de este procedimiento es
garantizar la calidad de las prácticas
externas integradas, en su caso, en el
Título Propio.
Referencia legal:
· El
Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 3 que deben existir
“Procedimientos para garantizar la
Calidad de las Prácticas Externas”.
· Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por
el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales:
Anexo I, apartado 9.3: Procedimientos
para garantizar la calidad de las
prácticas externas.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.c, recoge que la
memoria debe contener “Procedimientos
para garantizar la calidad de las
prácticas externas”
· Real
Decreto 1497/1981, de 29 de junio, sobre
Programas de Cooperación Educativa,
modificado por el RD 1845/1994, de 9 de
septiembre.
· Convenios
de colaboración suscritos entre la
Universidad y las empresas/instituciones
para la realización de prácticas
formativas externas del alumnado.
Referencias evaluativas:
El Protocolo de Evaluación para la
Verificación de Títulos Universitarios
Oficiales (VERIFICA, ANECA) en su
apartado 9.3 referido a los
“Procedimientos para garantizar la
calidad de las prácticas externas”,
plantea dar respuesta a si: “¿se han
definido procedimientos para la recogida
y análisis de información sobre las
prácticas externas y se ha especificado
el modo en que utilizará esa información
en la revisión y mejora del desarrollo
del plan de estudios?”.
Sistema de recogida de datos:
La Comisión o persona/s responsable/s de
las Prácticas Externas realizará las
tareas propias de esta-blecimiento de
convenios, difusión del programa,
propuesta de tutores/as, asignación de
puestos de prácticas al alumnado y
desarrollo de las mismas. Por su parte,
la Comisión de Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos (CGCT)
recabará de los responsables de
Prácticas Externas, al final de cada
curso académico, los resultados del
programa. Asimismo, recogerá información
para nutrir los indicadores
correspondientes.
Sistema de análisis de la información:
La CGCT llevará a cabo el análisis de
dichos resultados e indicadores,
elaborando un Informe sobre la calidad
del programa de prácticas externas que
incluirá aquellas propuestas de mejora
que considere adecuadas, relativas a
cualquiera de las etapas y participantes
en el proceso, y lo remitirá a la
persona/s responsable/s del Título
Propio.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
El Informe referido en el apartado
anterior será considerado por la
Comisión Académica del Título Propio y
por la Dirección del Título Propio,
quienes deberán tomar finalmente las
decisiones que correspondan en la
revisión y mejora del desarrollo del
plan de estudios del Título Propio.
Otros aspectos:
· Responsables: responsable
de prácticas externas
· Participación
de los grupos de interés:
Se articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo que valora
el funcionamiento de las prácticas
externas y realiza la evaluación del
informe final sobre las mismas
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título, teniendo
acceso a los mismos los estudiantes,
profesorado, PAS y la sociedad en
general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Programa
de prácticas e Informe final sobre la
calidad del programa deprácticas.
PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR LA
EMPLABILIDAD Y LA INSERCIÓN LABORAL DE
LOS POSGRADUADOS Y DE LA SATISFACCIÓN
CON LA FORMACIÓN RECIBIDA
El propósito de este procedimiento es
establecer un sistema que permita medir,
analizar y utilizar los resultados sobre
la empleabilidad y la inserción laboral
de los posgraduados, y sobre la
satisfacción con la formación recibida.
Referencia legal:
· El
Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 4 que deben existir
“Procedimientos para el análisis, la
mejora y la toma de decisiones”.
· El
Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la
Ordenación de las Enseñanzas
Universitarias Oficiales, en su
introducción, señala que “la nueva
organización de las enseñanzas
incrementará la empleabilidad de los
titulados al tiempo que cumple con el
objetivo de garantizar su compatibilidad
con las normas reguladoras de la carrera
profesional de los empleados públicos”.
· Asimismo,
en el Anexo I, apartado 9.4., se
establece que los nuevos Títulos deberán
contar con “Procedimientos de análisis
de la inserción laboral de los graduados
y de la satisfacción con la formación
recibida”.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.d, recoge que la
memoria debe contener “Procedimientos de
análisis de la inserción laboral de los
graduados y de la satisfacción con la
formación recibida y en su caso su
incidencia en la revisión y mejora del
título”.
Referencias evaluativas:
· La
Guía de Apoyo para la elaboración de la
Memoria para la solicitud de
Verificación de Títulos Oficiales (ANECA)
establece en su apartado 9.4 que se han
de diseñar “el procedimiento que permita
medir, analizar y utilizar los
resultados sobre la inserción laboral de
los futuros graduados y de la medición
de la satisfacción con la formación
recibida”.
· Se
deben describir los métodos disponibles
en la Universidad para:
· la
recogida de esta información, definir la
frecuencia y el modo de recopilación, el
análisis de los datos obtenidos,
· La
utilización de los resultados del
análisis, para lograr la mejora del
nuevo plan de estudios”.
Sistema de recogida de datos:
La Comisión de Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos recabará
de la Unidad competente de la
Universidad (Servicio de Empleo,
Observatorio Local de Empleo, Sociedad,
etc.), los resultados del estudio de
empleabilidad. Al margen de esto, sería
conveniente obtener información de las
bases de datos de la Seguridad Social,
del Servicio Andaluz de Empleo o de
otros organismos.
Las encuestas están conformadas por un
total de 5 variables, a saber:
· El
Título Propio (satisfacción con la
formación recibida)
· Trayectoria
laboral y situación actual
· Organización
en la que trabaja
· Competencias
(Conocimientos habilidades y destrezas)
· Información
personal
Es conveniente la realización de este
estudio tras 2 años de la finalización
de los estudios del Título Propio por
los estudiantes.
Sistema de análisis de la información
Desde el Servicio competente se podrán
llevar a cabo las siguientes
actuaciones:
· Clasificación
de los cuestionarios
· Tratamiento
de los datos a través de un programa
estadístico
· Creación
de la matriz de datos
· Análisis
de los mismos
· Elaboración
de los informes de los distintos Títulos
Propios analizados
La CGCT, a la recepción de los informes,
realizará un análisis interpretativo
elaborando un informe de la situación y
de las posibles propuestas de mejora que
remitirá a la Comisión Académica del
Título Propio y a la Dirección del
mismo, quienes deberán tomar finalmente
la decisión que corresponda en la
revisión y mejora del desarrollo del
Plan de Estudios del Título Propio.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
En el supuesto de que no se cumplieran
las expectativas mínimas de
empleabilidad, la CGCT deberá elaborar
un plan de mejora encaminado a subsanar
las deficiencias detectadas en aras a
alcanzar las cotas de empleabilidad
previstas. Se deberán asignar el/los
responsable/s de la implementación y
seguimiento de las mejoras.
Otros aspectos:
· Responsables: Vicerrectorado
de Estudiantes, Empleo y Empresa.
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo que valora
el informe o análisis realizado por el
Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y
Empresa, o el órgano competente.
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título,
teniendoacceso a los mismos los
estudiantes, profesorado, PAS y la
sociedad en general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: informe
de egresados de la Universidad de Huelva
e Informe de laCGCT
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA
SATISFACCIÓN GLOBAL SOBRE EL TÍTULO
PROPIO
El propósito de este procedimiento es
conocer el nivel de satisfacción global
de los distintos colectivos activos
implicados en el Título Propio
(Profesorado y alumnado) en relación a
la orientación y acogida, la
planificación, el desarrollo y los
resultados del mismo.
Referencia legal:
· El
Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre,
en su Anexo I, establece las directrices
de elaboración de la Memoria para la
solicitud de verificación de los Títulos
oficiales. El apartado 9.5 de dicha
memoria debe recoger, entre otros,
“procedimientos para el análisis de la
satisfacción de los distintos colectivos
implicados”.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.e, recoge que la
memoria debe contener “Procedimientos
para el análisis de la satisfacción de
los distintos colectivos implicados
(estudiantes, personal académico y de
administración y servicios, etc.), y de
atención a las sugerencias o
reclamaciones y, en su caso, su
incidencia en la revisión y mejora del
título”.
Referencias evaluativas:
El Protocolo de Evaluación para la
Verificación de Títulos Universitarios
Oficiales (Programa VERIFICA, ANECA)
establece que “el Centro en el que se
imparte el Título o, en su defecto, la
Universidad debe disponer de unos
procedimientos asociados a la Garantía
de Calidad y dotarse de unos mecanismos
formales para la aprobación, control,
revisión periódica y mejora del Título”.
La propuesta debe establecer los
mecanismos y procedimientos periódicos
que se utilizarán para revisar el Plan
de Estudios, sus objetivos,
competencias, planificación, etc. De
forma más específica, el apartado 9.5
señala que se establecerá
“procedimientos para la recogida y
análisis de la información sobre la
satisfacción de los colectivos
implicados en el Título,..”
Sistema de recogida de datos:
Al objeto de recabar información sobre
el nivel de satisfacción de los
diferentes colectivos implicados en el
Título Propio, se recomienda la
utilización de una encuesta de opinión
para estudiantes y Profesorado. Este
instrumento será implementado tras
finalizar el último curso del Título
Propio (en el caso del profesorado se
pasará la encuesta al terminar el mismo
la docencia en el Título Propio).
El contenido de los ítems es
prácticamente el mismo para los dos
colectivos, con objeto de poder
contrastar adecuadamente las distintas
opiniones. Con esta herramienta se
recoge información sobre las siguientes
variables:
1. Variables
socio-demográficas (edad, género,
Título, curso, sector).
2. Satisfacción
con los sistemas de orientación y
acogida a los estudiantes para facilitar
su incorporación al Título.
3. Satisfacción
general con la planificación y el
desarrollo de las enseñanzas en el
Título:
a. Distribución
temporal y coordinación de módulos o
materias.
b. Adecuación
de los horarios, turnos, distribución
teoría-práctica, tamaño de los grupos.
c. Satisfacción
con la metodología utilizada (variedad,
innovación,…).
d. Satisfacción
con los programas de movilidad.
e. Satisfacción
con las prácticas externas.
f. Disponibilidad,
accesibilidad y utilidad de la
información sobre el Título (nivel de
satisfacción con la página Web y con
otros medios de difusión).
g. Satisfacción
con los recursos humanos:
i. Profesorado
del Título
ii. Equipo
o persona/s que gestiona/n el Título.
h. Satisfacción con los medios
materiales y las infraestructuras
disponibles para el Título.
4. Grado de satisfacción con los
Resultados:
o Satisfacción
con los sistemas de evaluación de
competencias.
o Satisfacción
con la atención a las sugerencias y
reclamaciones.
o Satisfacción
con la formación recibida (valoración
global).
o Cumplimiento
de expectativas sobre el Título.
Sistema de análisis de la información:
La CGCT podrá solicitar ayuda de las
Unidades o Servicios correspondientes de
la Universidad de Huelva para procesar y
analizar los datos sobre satisfacción de
los distintos colectivos con el Título
Propio en relación con cada una de las
variables que conforman la encuesta. Los
análisis de la información se podrán
hacer de forma desagregada por grupo de
implicados. A partir de dicha
información, la CGCT elaborará un
informe con las propuestas de mejora,
sugerencias y recomendaciones sobre el
Título Propio.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
Al finalizar los análisis de
satisfacción global, la CGCT elaborará
un informe con los resultados, en el que
se definirán los puntos fuertes y
débiles, así como las propuestas de
mejora detalladas y dirigidas a los
agentes pertinentes. La CGCT trasladará
al responsable del Título Propio los
resultados de satisfacción y las
propuestas que hayan elaborado a partir
de la información recabada, para el
diseño de acciones encaminadas a
subsanar las deficiencias detectadas. El
responsable del Título Propio trasladará
las propuestas de mejora a la Comisión
Académica del Título Propio o cualquier
otro órgano o Comisión encargada de la
toma de decisiones sobre el Título
Propio.
Cuando se disponga de varias
evaluaciones, la CGCT tendrá en cuenta
la evolución de los datos de
satisfacción y se hará constar en los
informes.
Otros aspectos :
· Responsables: Responsables
del Título Propio.
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo que valora
y analiza los resultados de las
encuestas.
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título,
teniendoacceso a los mismos los
estudiantes, profesorado, PAS y la
sociedad en general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Cuestionario
a los grupos de interés e Informe final
con los resultados.
PROCEDIMIENTO PARA SUGERENCIAS Y
RECLAMACIONES
El propósito de este procedimiento es
establecer un sistema que permita
atender las sugerencias y reclamaciones
con respecto a elementos propios del
Título Propio, en procesos tales como
matrícula, orientación, docencia
recibida, programas de movilidad,
prácticas en empresas, recursos,
instalaciones, servicios…
Referencia legal:
· El
Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 4 que deben existir
“Procedimientos para el análisis, la
mejora y la toma de decisiones”.
· El
Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre,
en su Anexo I, establece las directrices
de elaboración de la Memoria para la
solicitud de verificación de los Títulos
oficiales. El apartado 9.5 establece la
necesidad de recoger “Procedimientos
para el análisis de la satisfacción de
los distintos colectivos implicados
(estudiantes, personal académico y de
administración y servicios, etc.), y de
atención a las sugerencias o
reclamaciones”.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.e, recoge que la
memoria debe contener “Procedimientos
para el análisis de la satisfacción de
los distintos colectivos implicados
(estudiantes, personal académico y de
administración y servicios, etc.), y de
atención a las sugerencias o
reclamaciones y, en su caso, su
incidencia en la revisión y mejora del
título”.
Referencias evaluativas:
La Guía de Apoyo para la Elaboración de
la Memoria para la Solicitud de
Verificación de Títulos Oficiales
(VERIFICA, ANECA) establece en su
apartado 9.5 que “las reclamaciones y
sugerencias, son consideradas otra
fuente de información sobre la
satisfacción del estudiante. Se deberá
en este apartado establecer la
sistemática para recoger, tratar y
analizar las sugerencias o reclamaciones
que estos puedan aportar respecto a la
calidad de los estudios, la docencia
recibida, las instalaciones y servicios,
etc." El Protocolo de Evaluación para la
Verificación de los Títulos
Universitarios (VERIFICA, ANECA),
establece que se definan “procedimientos
adecuados para la recogida y análisis de
información sobre las sugerencias o
reclamaciones de los estudiantes” y que
se especifique “el modo en que utilizará
esa información en la revisión y mejora
del desarrollo del plan de estudios”.
Sistema de recogida de datos:
· El
Título Propio dispondrá de un canal de
atención de sugerencias y reclamaciones,
que podrá ser el establecido con
carácter general por la Universidad. En
todo caso, en la Web del Título Propio
habrá información suficiente de cómo
presentar sugerencias y/o reclamaciones
y estará disponible el impreso
correspondiente, así como publicados los
plazos máximos de respuesta.
· Las
reclamaciones tendrán como objeto poner
de manifiesto las actuaciones que, a
juicio de la persona reclamante,
supongan una actuación irregular o no
satisfactoria en el funcionamiento de
los servicios que se prestan con motivo
de las enseñanzas del Título Propio, y
podrán ser formuladas por personas
físicas y jurídicas, individuales o
colectivas.
· Las
sugerencias tendrán como finalidad la
mejora de la eficacia, eficiencia y
calidad de los servicios prestados en el
Título Propio e incrementar la
satisfacción de estudiantes,
profesorado, personal de apoyo y otros
colectivos. Una vez entregada la
sugerencia o reclamación, se garantizará
a la persona reclamante el denominado
“acuse de recibo”.
Sistema de análisis de la información:
El procedimiento para la conclusión de
la Reclamación o Sugerencia estará
sometido a los criterios de
transparencia, celeridad y eficacia,
impulsándose de oficio en todos sus
trámites y respetando la normativa
general sobre Quejas y Sugerencias que
tenga establecida la Universidad.
Las hojas de sugerencias o reclamaciones
se harán llegar a los diferentes
responsables del Título Propio u órgano
competente.
Cada sugerencia/reclamación será
analizada e informada por el
correspondiente responsable, u órgano
competente, que podrá recabar cuanta
información escrita o verbal estime
oportuna. El pertinente informe se
remitirá a la Dirección del Título
Propio quien someterá, en caso
necesario, la sugerencia/reclamación a
la Comisión Académica del Título Propio
para la toma de decisión oportuna. Si
ésta supusiera alguna acción que no sea
de su competencia, la trasladará al
órgano correspondiente de la
Universidad.
En cualquier caso, será recomendable
remitir un informe con todas las
reclamaciones y sugerencias a la
Comisión de Garantía de Calidad del Máster
en Comunicación en Lenguaje de Signos,
quien las analizará y emitirá un informe
que será enviado al responsable del
Título Propio.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
La Comisión de Garantía de Calidad del
Título Propio recabará información sobre
las reclamaciones y sugerencias
tramitadas, así como sobre las
decisiones adoptadas por los órganos
correspondientes. Posteriormente, la
CGCT acordará las recomendaciones
pertinentes encaminadas a la mejora del
Título Propio, tratando con especial
atención aquellas incidencias que se
repitan de manera continuada
Otros aspectos :
· Responsables: Jefe
responsable del Servicio afectado y
Coordinador de la gestión de las
quejas,reclamaciones, sugerencias y
felicitaciones.
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo que valora
y analiza el informe de los resultados
del proceso realizado por los
responsablesRendición de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título,
teniendoacceso a los mismos los
estudiantes, profesorado, PAS y la
sociedad en general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Informe
de quejas, reclamaciones y sugerencias.
PROCEDIMIENTO PARA LA DIFUSIÓN DEL
TÍTULO PROPIO
El propósito de este procedimiento es
establecer mecanismos para publicar la
información sobre el plan de estudios
del Título Propio, su desarrollo y
resultados, con el fin de que llegue a
todos los colectivos implicados o
interesados (alumnado, profesorado,
personal de apoyo, futuros estudiantes,
agentes externos, etc.).
Referencia legal:
· El
Real Decreto 1393/2007, en su apartado 4
del Anexo I (Memoria para la solicitud
de Verificación de Títulos Oficiales) se
refiere al acceso y admisión de
estudiantes. En el apartado 4.1 plantea
la necesidad de contar con “Sistemas
accesibles de información previa a la
matriculación y procedimientos
accesibles de acogida y orientación de
los estudiantes de nuevo ingreso para
facilitar su incorporación a la
Universidad y la enseñanza”.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 4.1, reafirma la
necesidad de contar con “Sistemas
accesibles de información previa a la
matriculación y procedimientos
accesibles de acogida y orientación de
los estudiantes de nuevo ingreso para
facilitar su incorporación a la
Universidad y la enseñanza.
Referencias evaluativas:
El Protocolo para la Verificación de
Títulos Universitarios Oficiales
(Verifica, ANECA) en su apartado 9.5
plantea la necesidad de dar respuesta a:
“¿Se ha establecido mecanismos para
publicar información que llegue a todos
los implicados o interesados sobre el
plan de estudios, su desarrollo y
resultados?”.
Sistema de recogida de datos:
El responsable del título y/o la
Comisión Académica del Título Propio,
con periodicidad anual propondrán qué
información publicar, a qué grupos de
interés va dirigida y las formas de
hacerla pública, utilizando como medio
preferente de difusión la página Web del
Título Propio. El plan de difusión
propuesto podría incluir, entre otra,
información sobre:
· La
oferta formativa. (profesorado,
programas, calendario, horarios, aulas,
exámenes, etc.).
· Las
políticas de acceso y orientación de los
estudiantes.
· Los
objetivos y la planificación del Título
Propio.
· Las
metodologías de enseñanza-aprendizaje y
evaluación (incluidas las prácticas
externas).
· Los
resultados de las enseñanzas (en cuanto
al aprendizaje, inserción laboral y
satisfacción con los distintos grupos de
interés).
· Las
posibilidades de movilidad y ayudas
disponibles para facilitarla.
· Los
mecanismos para realizar reclamaciones y
sugerencias.
· Fecha
de actualización de la información.
· La
persona responsable del Título Propio se
asegurará de que la página Web esté
actualizada.
Sistema de análisis de la información:
El contenido del plan de difusión se
remitirá a la CGCT que velará para que
la información esté actualizada y sea
fiable y suficiente.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
La CGCT realizará el seguimiento de la
Web y de los otros medios de difusión
(en caso de existir), y emitirá un
informe al finalizar el curso académico
para proponer las mejoras que considere
oportunas. El Plan de difusión deberá
ser revisado anualmente por el/los
responsable/s del Título Propio.
Otros aspectos
· Responsables: Responsables
del Título Propio.
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad del Título que
valora y analiza el Plan de Difusión.
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título,
teniendoacceso a los mismos los
estudiantes, profesorado, PAS y la
sociedad en general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Plan
de difusión e informe final de
resultados.
CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS
EN EL CASO DE EXTINCIÓN DEL TÍTULO
PROPIO
El propósito de este procedimiento es
establecer los criterios para la
suspensión del Título Propio, así como
los procedimientos a seguir por los/
responsables del mismo y por la
Universidad para garantizar a los
estudiantes la superación de las
enseñanzas una vez extinguidas.
Referencia legal:
El Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 4 que deben existir
“Procedimientos para el análisis, la
mejora y la toma de decisiones”.
RD 1393/2007 establece, en su artículo
28 sobre “Modificación y extinción de
los planes de estudios conducentes a
títulos oficiales”, que:
1. “Se
considerará extinguido un plan de
estudios cuando el mismo no supere el
proceso de acreditación previsto en el
artículo 27”, lo cual supone “comprobar
que el plan de estudios correspondiente
se está llevando a cabo de acuerdo con
su proyecto inicial mediante una
evaluación…”; “…en caso de informe
negativo el título causará baja en el
mencionado registro y perderá su
carácter oficial y su validez…”
(artículo 27).
2. “Las
Universidades están obligadas a
garantizar el adecuado desarrollo
efectivo de las enseñanzas que hubieran
iniciado sus estudiantes hasta su
finalización”.
3. En
el ANEXO I (apartado 9.5) se establece
que la Memoria para la verificación de
los Títulos Oficiales debe recoger los
“Criterios específicos en el caso de
extinción del Título”.
4. El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 9.f, recoge que la
memoria debe contener los “Criterios
específicos en el caso de extinción del
Título”
Referencias evaluativas:
El programa VERIFICA de ANECA, en su
“Protocolo de Evaluación para la
Verificación de Títulos Universitarios
Oficiales” señala que la propuesta de
los nuevos Títulos debe “definir
aquellos criterios que establecerán los
límites para que el Título sea
finalmente suspendido. Para ello,
previamente, se debe establecer un
procedimiento que describa el sistema
creado en el Centro/Universidad para
definir estos criterios, así como su
revisión, aprobación y actualización
periódica”
En este mismo sentido, la Guía de Apoyo
del programa VERIFICA de la ANECA
establece que “se debe identificar
cuáles son los criterios para
interrumpir la impartición del Título,
temporal o definitivamente, y los
mecanismos previstos para salvaguardar
los derechos y compromisos adquiridos
con los estudiantes…”
Sistema de recogida de datos:
El proceso a desarrollar consta de dos
procedimientos: a) criterios para la
extinción del Título Propio; b)
procedimientos para garantizar los
derechos de los/as estudiantes que
cursen el Título Propio suspendido.
a) Criterios
para la extinción: Los criterios
específicos para la extinción del Título
Propio podrán ser los siguientes:
1. Falta
de adecuación entre la oferta y la
demanda formativa
2. Cambios
apreciables en la naturaleza y objetivos
del título.
3. Cambios
estructurales en la demanda social de
formación superior que producen un
desplazamiento sustancial de objetivos.
4. Escaso
número en la demanda de matrícula nueva
5. Incumplimiento
reiterado del conjunto de criterios
sustantivos que genera un funcionamiento
inapropiado del título
b) Procedimiento
para salvaguardar los derechos del
alumnado. En la página web y cuantos
otros medios se estime oportuno deberá
figurar detalladamente:
1. Un cronograma que recoja el
calendario de implantación del Título
Propio.
2. Un mecanismo que permita a los/as
estudiantes la superación de las
enseñanzas una vez extinguidas, durante
un número (a determinar) de años
académicos posteriores a la extinción.
3. La definición de las enseñanzas que
se extinguen por la implantación del
Título Propio propuesto. Los
responsables del Título Propio
establecerán mecanismos de información
individualizada sobre la situación
académica de cada estudiante afectado.
Sistema de análisis de la información:
Se realizarán estudios en torno a la
extinción del Título Propio por parte de
la Comisión de Garantía de Calidad del
Título Propio, utilizando los siguientes
indicadores:
· Número
de consultas.
· Número
de estudiantes afectados.
· Otros
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
Al inicio de cada curso académico, la
CGCT remitirá un informe global de la
situación a los responsables del Título
Propio. En función del informe global
recibido, los responsables del Título
Propio establecerán las acciones de
mejora pertinentes.
PROCEDIMIENTO PARA EL ANÁLISIS DEL
RENDIMIENTO ACADÉMICO
El propósito de este procedimiento es
conocer y analizar los resultados
previstos en el Título en relación con
su Tasa de Graduación, Tasa de Abandono,
Tasa de Eficiencia y Tasa de
Rendimiento. Asimismo, se dan a conocer
y se analizan otros indicadores
complementarios del Título con objeto de
contextualizar los resultados
anteriores.
Referencia legal:
· El
Acuerdo del Pleno del Consejo de
Universidades del 6 de julio de 2010
refrendado por la Conferencia General de
Política Universitaria en su sesión del
7 de julio de 2010 “Las Universidades y
la formación Permanente en las
Universidades Españolas”, recoge en su
anexo III, Bloque 1 que deben existir
“Procedimientos para valorar el progreso
y los resultados de los estudiantes”.
· Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por
el que se establece la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales:
Anexo I, apartado 8 “Resultados
previstos”.
· 8.1.
Estimación de valores cuantitativos para
los indicadores que se relacionan a
continuación y la justificación de
dichas estimaciones. No se establece
ningún valor de referencia al aplicarse
estos indicadores a instituciones y
enseñanzas de diversas características.
En la fase de acreditación se revisarán
estas estimaciones, atendiendo a las
justificaciones aportadas por la
Universidad y a las acciones derivadas
de su seguimiento.
· Tasa
de graduación: porcentaje de estudiantes
que finalizan la enseñanza en el tiempo
previsto en el plan de estudios o en un
año académico más en relación a su
cohorte de entrada.
· Tasa
de abandono: relación porcentual entre
el número total de estudiantes de una
cohorte de nuevo ingreso que debieron
obtener el título el año académico
anterior y que no se han matriculado ni
en ese año ni en el anterior.
· Tasa
de abandono (sólo para másteres de un
año PROGRAMA VERIFICA, ANECA): relación
porcentual entre el número total de
estudiantes de una cohorte de nuevo
ingreso que debieron obtener el título
el año académico anterior y que no se
han matriculado ni en ese año académico
ni en el posterior.
· Tasa
de eficiencia: relación porcentual entre
el número total de créditos del plan de
estudios a los que debieron haberse
matriculado a lo largo de sus estudios
el conjunto de graduados de un
determinado año académico y el número
total de créditos en los que realmente
han tenido que matricularse.
· El
Real Decreto 861/2010 del 2 de Julio por
el que se modifica el RD 1393/2007, en
su Anexo I, apartado 8 reafirma la
importancia de los resultados previstos.
Referencias evaluativas:
Protocolo de Evaluación para
Verificación de Títulos Universitarios
Oficiales (VERIFICA, ANECA). Apartado 8.
Resultados previstos.
8.1. Estimación de indicadores: ¿Se ha
realizado una estimación justificada de
indicadores relevantes que al menos
incluya las tasas de graduación,
abandono y eficiencia? ¿Se han tenido en
cuenta entre otros referentes los datos
obtenidos en el desarrollo de planes de
estudios previos?
Sistema de recogida de datos:
La CGCT recabará al final de cada curso
académico, de la Unidad correspondiente
de la Universidad, los resultados de los
indicadores obligatorios y
complementarios.
Sistema de análisis de la información:
· La
CGCT, en los dos meses siguientes a la
recogida de datos, llevará a cabo el
análisis de los resultados obtenidos en
dichos indicadores, debiendo examinar
exhaustivamente el cumplimiento o no del
valor cuantitativo estimado para los
indicadores obligatorios.
· Después
del análisis, la CGCT elaborará una
Memoria que contendrá una descripción lo
más detallada posible de la situación
actual y, en su caso, recomendaciones
para alcanzar el valor cuantitativo
estimado que sirve de referencia.
· En
los dos meses siguientes, dicha Memoria
será considerada por el órgano
competente quien, tras incluir las
enmiendas oportunas, deberá remitir la
Memoria al órgano competente, que será
quien finalmente tome las decisiones que
correspondan.
· El
valor de referencia o estimación de
valores cuantitativos de los indicadores
obligatorios ha de ser dinámico y,
necesariamente, se ha de contrastar con
los resultados obtenidos de las tasas
correspondientes.
· Se
recomienda que para la estimación de
valores cuantitativos de los indicadores
obligatorios, así como para la
justificación de dichas estimaciones, se
tomen como base datos históricos, de
prospectiva o comparados.
Sistema de propuestas de mejora y su
temporalización:
En el supuesto de que no se cumplieran
los valores de referencia establecidos,
la CGCT deberá recomendar un plan de
mejora que solucione los problemas
detectados, señalando al responsable del
seguimiento y el mecanismo para realizar
dicho seguimiento.
El plan de mejora, en el supuesto de que
sea necesario, deberá ser verificado por
la Comisión Académica y aprobado por la
Comisión de Títulos Propios
Otros aspectos significativos:
· Responsables: Comisión
de Garantía de Calidad del Título Propio
· Participación
de los grupos de interés: Se
articula a través de la Comisión de
Garantía de Calidad delTítulo Propio que
elabora cada curso un informe con los
resultados más significativos.
· Rendición
de cuentas: el
informe final del proceso será publicado
en la página web del título, teniendo
acceso a los mismos los estudiantes,
profesorado, PAS y la sociedad en
general, garantizando así la
transparencia de la información sobre el
título.
· Documentos
más significativos: Ficha
de indicadores, Informe Final.
· Con
objeto de contextualizar los resultados
obtenidos, la CGCT recabará de la Unidad
correspondiente de la Universidad los
resultados de los indicadores. La
Universidad debe hacer pública la
definición y método de cálculo de tales
indicadores.