Tal y cómo se recoge en el artículo 31 del Reglamento de las Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de Huelva, aprobado en Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2012, la Permanencia viene establecida en torno a los dos tipos de alumnado existente:
El incumplimiento de estos requisitos impedirá al alumnado continuar sus estudios oficiales de Máster Universitario en la Universidad de Huelva.
Véase: Reglamento MO
El alumnado que esté cursando un título Oficial de Máster Universitario, y deba interrumpirlo por algún motivo excepcional, podrá solicitar una prórroga por un período determinado con objeto de que no se le considere el tiempo transcurrido a efectos de las normas de permanencia.
Las prórrogas las concederá la Comisión de Posgrado, debiendo contar las solicitudes con el visto bueno del órgano responsable del Máster.