Comisiones

Comisión Permanente
Reglamento de régimen interior de la Facultad de Ciencias de la Educación

UNIVERSIDAD DE HUELVA

Aprobado en la Junta de Centro de la Facultad de Ciencias de la Educación de 30 de junio de 2006 y en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 26 de febrero de 2007.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LAS COMISIONES DE LA JUNTA DE CENTRO.

ARTÍCULO 47.

  1. Se constituirá una Comisión Permanente que sustituirá a la Junta de Centro cuando deban resolverse asuntos de trámite urgente.
  2. Esta Comisión estará compuesta por el Decano, que presidirá las sesiones, el Secretario, que levantará acta de las sesiones y un representante de cada uno de los sectores que conforman la Junta de Centro (PDI, PAS y estudiantes). Se designará un suplente por cada uno de los sectores de representación de la Junta.
  3. La convocatoria de la sesión se remitirá, junto a sus componentes, a todos los integrantes de la Junta de Centro, a título informativo.
  4. El acta de la Comisión se enviará en el plazo de una semana a todos los miembros de la Junta de Centro, la cual será informada en la siguiente sesión ordinaria.
  5. Las actas de esta Comisión tendrán la misma consideración que las de la Junta de Centro a efectos de publicidad y conservación.
  6. Todos los acuerdos tomados por esta comisión deberán ser tomados por unanimidad. En caso contrario deberá estudiarse y llevarse al orden del día en una Junta de Centro
Miembros

Sustituirá a la Junta de Centro cuando deban resolverse asuntos de trámite urgente.

Composición de la nueva comisión permanente de la Facultad de Educación, Psicología y ciencias del Deporte:

  • Decana: Mª Pilar García Rodríguez
  • Secretario: Antonio Alejandro Lorca Marín
  • Titular PDI: Mercedes Vélez Toral
  • Suplente PDI: Pedro Juan Pérez Moreno
  • Titular PTGAS: Milagros Lema Álvarez
  • Suplente PTGAS: Diego Sánchez Barrera
  • Titular Estudiante: (a determinar)
  • Suplente Estudiante: (a determinar)
Actas
Comisión Académica
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UNIVERSIDAD DE HUELVA

Aprobado en la Junta de Centro de la Facultad de Ciencias de la Educación de 30 de junio de 2006 y en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 26 de febrero de 2007.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LAS COMISIONES DE LA JUNTA DE CENTRO.

ARTÍCULO 46.

  1. Será creada, al menos, una Comisión de Docencia para velar por la correcta planificación y desarrollo de las actividades docentes del Centro.
  2. Esta comisión estará compuesta por el Decano o persona en quien delegue, dos profesores y tres estudiantes, elegidos por los miembros de la Junta y sector correspondiente. Se nombrará un número de suplentes igual al de titulares, para sustituciones en casos de abstención o recusación y de vacante, ausencia o enfermedad.
  3. Entre los miembros de esta comisión se designará un Secretario que levante acta de las sesiones celebradas, que será entregada al Secretario para su archivo
Comisión de Prácticas
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Aprobado en la Junta de Centro de la Facultad de Ciencias de la Educación de 30 de junio de 2006 y en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 26 de febrero de 2007.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LAS COMISIONES DE LA JUNTA DE CENTRO.

ARTÍCULO 48.

  1. Se constituirá una Comisión de Prácticas, presidida y convocada por el diferentes titulaciones impartidas en el Centro, dos alumnos y un representante del P.A.S.
  2. Las funciones de esta comisión son:
    1. a) Elaborar el Plan de Prácticas y proponerlo a la Junta de Facultad para su aprobación.
    2. b) Garantizar el cumplimiento del Plan.
    3. c) Aprobar las actividades a realizar propuestas por las distintas áreas de conocimiento implicadas en el Prácticum así como los criterios de evaluación
  3. Todos los acuerdos tomados por esta comisión deberán ser informados a la Junta de Centro.
  4. Los coordinadores de Prácticas serán los docentes designados por el Decano de la Facultad para coordinar las prácticas en una titulación y en una zona determinada de la provincia.
  5. Las funciones de los coordinadores de prácticas serán las siguientes:
    1. a) Asumir la responsabilidad de la zona y titulación designada para la correcta realización del Prácticum del alumnado.
    2. b) Visitar a los coordinadores de centros y tutores de su zona, antes y durante la estancia del alumnado en los centros.
    3. c) Elaborar el programa del Prácticum de su titulación junto a los supervisores.
    4. d) Proporcionar a los supervisores toda la información emanada de la comisión de prácticas.
    5. e) Organizar las jornadas de preparación y reflexión con los supervisores.
    6. f) Coordinar la gestión de los supervisores y velar por el cumplimiento de sus funciones.
    7. g) Llevar a cabo con el alumnado, tutores y supervisores las reuniones informativas necesarias, previas a la iniciación de las Prácticas, al objeto de dar a conocer la programación y contenido de los seminarios y de las actividades a realizar en los Centros.
    8. h) Realizar una evaluación junto a los supervisores al finalizar cada período de prácticas para ser entregada y debatida en la Comisión de Practicas de la Facultad.
Miembros

Velará por la correcta planificación y desarrollo de las práticas curriculares de los Grados del Centro.

Composición de la comisión de prácticas

  • Presidencia
  • Coordinador de Practicum del Grado en Educación Infantil
  • Coordinador de Practicum I del Grado en Educación Primaria
  • Coordinador de Practicum del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
  • Coordinador de Practicum del Grado en Educación Social
  • Representantes del Alumnado
    • por designar
Otras comisiones
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Aprobado en la Junta de Centro de la Facultad de Ciencias de la Educación de 30 de junio de 2006 y en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, de 26 de febrero de 2007.

CAPÍTULO SEGUNDO: DE LAS COMISIONES DE LA JUNTA DE CENTRO.

ARTÍCULO 45.

  1. Las Juntas de Centro podrán crear las comisiones que estimen pertinentes a las que atribuirán las competencias que consideren oportunas.
  2. Las comisiones emanadas de la Junta de Centro serán autónomas en lo referido a convocatorias, desarrollo de sesiones y adopción de acuerdos, que, salvo en el caso de la Comisión Permanente, deberán ser aprobadas por la propia Junta de Centro.
  3. La Junta de Centro establecerá la composición de las diferentes comisiones emanadas de ella, salvo en el caso de la Comisión de Docencia y la Comisión Permanente, que aparecen establecidas en este Reglamento.
  4. Todas las comisiones emanadas de la Junta de Centro serán presididas y coordinadas por el Decano o miembro de su equipo de gobierno en quien delegue, quien levantará acta de la reunión celebrada, salvo que en este reglamento o en la propia Junta de Centro se designe a otra persona responsable de esta labor.
  5. Las convocatorias de las reuniones de las comisiones estarán en posesión de sus respectivos miembros, al menos, con 72 horas de antelación a la celebración de las sesiones, siendo responsable de ello el presidente/coordinador de cada Comisión.