El Objetivo de la Flexiseguridad en la Reforma Laboral Española de 2012
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Resumen
En el preámbulo de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, se establece literalmente que “el objetivo es la flexiseguridad”. Y se añade también que “la reforma propuesta trata de garantizar tanto la flexibilidad de los empresarios en la gestión de los recursos humanos de la empresa como la seguridad de los trabajadores en el empleo y adecuados niveles de protección social”, o que dicha reforma “apuesta por el equilibrio en la regulación de nuestras relaciones de trabajo”. Sin embargo, del análisis de las medidas concretas que contiene la reforma laboral se desprende una clara contradicción con ese objetivo y lo mismo sucede cuando se analizan los resultados de su aplicación. La finalidad de este trabajo es poner de manifiesto esas contradicciones. Para ello, por una parte, se analiza el grado de coherencia de los instrumentos de esta política con los objetivos propuestos; así como con la propia conceptualización teórica de la flexiseguridad. Y, por otra, en base a la información estadística disponible, se evalúan algunos resultados de su aplicación desde su entrada en vigor el 12 de febrero de 2012 (el día siguiente a la publicación en el BOE del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, que ha dado origen a la referida ley).
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Derechos de autor 2020 Miguel Ángel Torrejón Velardiez
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