El fenómeno de las madres adolescentes extranjeras en España tiene múltiples causas y consecuencias. Se trata de una realidad social ante la que existen vacíos legales que no permiten afrontarla desde una perspectiva integral que vaya más allá de las políticas preventivas. Según el análisis desarrollado por los profesores Octavio Vázquez Aguado, Pablo Álvarez Pérez y Manuela Fernández Borrero, del Departamento de Sociología y Trabajo Social de la Universidad de Huelva, el trabajo social podría revertir esta situación, pero para ello es necesario que se materialice lo que estos autores llaman un “retorno a los orígenes” en el ámbito del trabajo social, para que la tarea de los despachos no se desvincule del contacto con la realidad de los barrios, del grupo y de la comunidad.

El artículo “Derechos no reconocidos, leyes inexistentes. La invisibilidad de las madres extranjeras adolescentes: un desafío para el trabajo social en España”, recuerda que, ante esta realidad social, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha abogado por crear un marco legal y de políticas concretas que persigan el bienestar real de las madres menores de edad y reconozcan sus derechos, incluyendo la obligación de que las niñas vuelvan a la escuela y puedan gozar de la inclusión social. Sin embargo, como sostienen los autores, esta declaración de intenciones no ha sido puesta en marcha por casi ningún país por diversas razones: falta de interés o de recursos, vacíos legales, ausencia de políticas intersectoriales que permitan afrontar el fenómeno desde una perspectiva integral (no únicamente preventiva) y primacía de una visión adultocentrista que suele no tener en cuenta la voz de las propias afectadas.

Según este trabajo de investigación, la maternidad prematura es vista generalmente como un problema. “La única diferencia –señala el artículo– está en distinguir entre aquellos que piensan que el problema es la maternidad en sí”, o bien entre quienes señalan que “el problema reside en los factores estructurales que favorecen esta maternidad temprana”.

Los casos de madres extranjeras menores de edad representan en España el 27,73% del total de las menores aproximadamente. En el periodo analizado, 2000-2011, existe un crecimiento continuo hasta 2008, en que el fenómeno decrece y se estabiliza a partir de 2010. El 11,52% de las niñas menores de 18 años en España son extranjeras y las diez nacionalidades más representativas en cuanto a maternidad dentro de este colectivo son Ecuador, Rumania, España, Marruecos, Colombia, Bolivia, República Dominicana, Bulgaria, Portugal y Brasil. Existe pues una mayoría latinoamericana, seguida de menores procedentes de países europeos.

Aunque es difícil establecer cuál es la relación causa-consecuencia del fenómeno de la maternidad en este colectivo, los autores de este trabajo apuntan a factores ambientales, estructurales y sociales los que lo determinan, unido a condicionantes como la divergencia en la socialización entre los códigos culturales de sus familias y los que ofrecen la sociedad receptora. El principal factor de embarazo precoz es la falta de inversión en capital humano de las extranjeras menores de edad, lo cual tiene una gran relevancia en España, un país en el que existe un gran contraste entre esta realidad de maternidad temprana y la tendencia general del retraso de la maternidad más allá de los treinta años de edad.

 

Realidad social frente a marco normativo

La presente investigación hace hincapié en las “incongruencias” existentes entre esta realidad y el marco normativo. En este sentido, sus autores señalan que en cuanto a las ayudas públicas para las madres adolescentes, no existen planes o programas específicos sino recursos concretos que tienen que ver con el género, el riesgo de exclusión u otras etiquetas exclusivas. De esta forma, este trabajo apunta a que “estas niñas quedan a merced de su propia suerte ya que los recursos no están pensados para afrontar sus necesidades, y los que hay son insuficientes e inadecuadamente adaptados. Y no son pocos los casos”.

El trabajo repasa el marco normativo partiendo desde la Constitución Española de 1978, que en su artículo 43.1 reconoce el derecho a la protección de la salud, hasta la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que modifica la anterior introduciendo la igualdad como principio, o la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que establece el derecho a la maternidad libremente decidida y la no discriminación al acceso de las prestaciones y servicios por motivos, entre otros, de la edad. Los autores recuerdan que, además, cada comunidad autónoma está obligada a elaborar un Plan de Salud que comprenda “todas las acciones sanitarias necesarias para cumplir los objetivos de sus servicios de salud”.

En el caso de Andalucía, la investigación analiza que, por ejemplo, en el reciente Plan Andaluz de Salud (2013) no hay ninguna mención específica a madres menores de edad, y en la Orden de 21 de febrero de 2013 por la que se convoca la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de la Mujer para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social, uno de los criterios de concesión es el fomento de la integración laboral, lo que excluye a las madres menores de 16 años que estarían aún en la edad de escolarización obligatoria.

 

Un colectivo que requiere atención especializada

De todo lo anterior los autores del trabajo concluyen que “tanto la normativa estatal como autonómica no protege expresamente a las madres menores, quienes tienen unas características que requieren especial atención”. Además, señalan que al no haber programas específicos para las menores embarazadas, la gestión de esta realidad depende casi en exclusiva de los centros de salud, que ofertan planificación familiar e interrupciones del embarazo como únicas alternativas.

En este sentido, el artículo plantea que “el reto principal del trabajo social sería la coordinación entre ellos para abordar el fenómeno desde una perspectiva integral, no sólo centrada en la dimensión más evidente de la salud: la física”. Los autores plantean la necesidad de reivindicar un cambio de visión de la maternidad temprana entendida como “fuente de empobrecimiento”, y apelan a experiencias sobre esta realidad social concreta en otros países, como los casos de Chile, Grecia o Suecia, entre otros.

El trabajo se encuentra disponible en el Repositorio Institucional Arias Montano de la Biblioteca de la Universidad de Huelva. También se puede acceder al mismo a través de la web http://rabida.uhu.es/dspace/handle/10272/10692