Se trata de la elaboración por parte del alumno de un trabajo académico de contraste entre los aspectos teórico‐conceptuales tratados en las materias y asignaturas con la realidad vivida durante el período de prácticas. En este sentido se debe tener presente que “las prácticas” constituyen una simulación de la realidad dado que están condicionadas por su situación de provisionalidad, la estructura del aula ya constituida y las limitaciones derivadas de una situación de responsabilidad pedagógica limitada.
Así mismo, este trabajo será expuesto y defendido por el alumnado ante un tribunal que evaluará su correcta elaboración
PREÁMBULO
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, señala en su artículo 15 que las enseñanzas oficiales de Máster concluirán con la elaboración y defensa pública de un Trabajo de Fin de Máster, que tendrá entre 6 y 30 créditos, según el plan de estudios correspondiente. El Trabajo Fin de Máster (en adelante TFM) consistirá en la realización de una memoria, proyecto, dictamen profesional o estudio orientado a la adquisición de las competencias
definidas en el título, por lo que deberá presentarse en la fase final del plan de estudios.
Con la finalidad de unificar los criterios y procedimientos que aseguren una actuación homogénea en la elaboración, presentación y evaluación del TFM, en el ejercicio de su autonomía la Universidad de Huelva adopta el presente reglamento, cuyo propósito es establecer las normas de carácter general relativas a la planificación y desarrollo de la materia, sin perjuicio de que el centro responsable y la comisión académica de cada máster adopten directrices más específicas.
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