Las funciones de la Comisión Académica (además de las recogidas en el artículo 8 del Reglamento de las enseñanzas Oficiales de Máster), son las siguientes:
La Comisión Académica se reunirá tantas veces como sea necesario a lo largo del curso académico y, al menos, una vez al año para evaluar el funcionamiento del Master y proponer, si fuera necesario, los cambios oportunos en la organización del mismo. A tal fin, la reunión podrá realizarse por medios telemáticos.
Los programas de las asignaturas deberán acogerse a lo aprobado en la memoria verificada, siendo la Comisión Académica la que vele por ello. Cualquier cambio que un docente quiera introducir será previamente informado a la Comisión de Garantía de Calidad y, posteriormente, sometido a aprobación por parte de la Comisión Académica.
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