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Requisitos de Acceso

Las condiciones de acceso y criterios de admisión de estudiantes vienen establecidos en los artículos 6 y 7 respectivamente del RD 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, modificados por el artículo segundo del RD 43/2015:

Requisitos de acceso al doctorado

1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster. Comentario: Así y como regla general:

  • Alumnos procedentes del Máster en Economía, Finanzas y Computación de la Universidad de Huelva y de la Universidad Internacional de Andalucía, no deberán cursar complementos de formación.
  • Alumnos procedentes de otros Másteres Oficiales serán admitidos al programa de Doctorado debiendo cursar complementos de formación correspondientes a las asignaturas de Modelos Predictivos I y II y de Minería de Datos I y II del Máster Oficial en Economía, Finanzas y Computación de las Universidades de Huelva e Internacional de Andalucía. Esas cuatro asignaturas tienen una carga crediticia conjunta de 12 créditos.

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

c) Los titulados universitarios que, previamente han obtenido una plaza de formación sanitaria especializada o que hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.

d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de máster universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

Comentario: Les resultará de aplicación los complementos de formación previstos en el apartado 3.4.

e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

Estudiantes a tiempo parcial

Como ya hemos advertido y para dar cabida a la demanda de profesionales o de personas que por circunstancias personales o familiares no puedan acometer el reto de forma exclusiva, el programa prevé la obtención del doctora- do aun en régimen de dedicación a tiempo parcial, por lo que se incluye una formación diferenciada para los doctorandos de tal perfil. El solicitante habrá, en este caso, demostrar la causa de la elección de tal modalidad, mediante escrito dirigido a la Comisión Académica, quien decidirá sobre la pertinencia de dicha solicitud. Los criterios de ad- misión sobre el cupo de plazas reservadas a este tipo de estudiantes, serán los mismos que para aquellos otros que decidan seguir el programa en la otra modalidad de seguimiento.