Tarifas Año 2010
Las tarifas se regulan por el artículo 11 del Reglamento de SCI de la UHU:
ARTÍCULO 11.- Tarifas
- La utilización de los equipos de los SCI estará sujeta al abono de la correspondiente tarifa.
- Las distintas tarifas se harán públicas mediante una guía de precios.
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Existirán tres tipos de tarifa:
- Para miembros de la Universidad de Huelva, en relación con trabajos derivados de su actividad investigadora, salvo los que traigan causa de la celebración de convenios o contratos con Organismos Públicos o empresas públicas o privadas que contemplen la remuneración del investigador. Estas tarifas no excederán en ningún caso de los gastos ocasionados por el uso y mantenimiento de los equipos empleados.
- Para miembros de la Universidad de Huelva, en relación con trabajos que traigan causa de la celebración de convenios o contratos con Organismos Públicos o empresas públicas o privadas que contemplen la remuneración del investigador.
- Para investigadores ajenos a la Universidad de Huelva.
Huelva a 1 de Julio de 2010.
Prof. Dr. Rafael Beltrán Lucena |
Vicerrector de Investigación |
Vicerrectorado de Investigación |
Universidad de Huelva. |
Otros análisis, servicios o fungibles no considerados en tarifas ( Consultar ).