Existe una Unidad de carácter Técnico destinada a tareas de control sobre aquellos riesgos que son inherentes a determinadas actividades de docencia, investigación, mantenimiento, administración, etc. y en general, para con cualquier actividad cuyo desarrollo pueda suponer una disminución de los niveles de seguridad y salud aceptables que pudiera repercutir negativamente sobre los miembros de la Comunidad Universitaria que estuviesen expuestos a las mismas.
Entre sus funciones están las siguientes:
- Evaluar los factores de riesgo laboral que puedan afectar a la seguridad y la salud del conjunto de los trabajadores.
- Diseñar y actualizar las recomendaciones de seguridad y salud, procedimientos y buenas prácticas que particularicen el desarrollo de la normativa ente en su aplicación a la Universidad.
- Apoyar y colaborar en la elaboración e implantación de Planes de Emergencias y Autoprotección de los Centros, conjuntamente con el Servicio de tenimiento.
- Informar y formar en materia de prevención, fomentando la práctica del trabajo seguro.
- Realizar inspecciones periódicas de seguridad en los distintos centros de la Universidad y verificar periódicamente la actividad preventiva de resas que realicen trabajos en las instalaciones de la Universidad.
- Emitir informes y atender consultas de asesoramiento solicitados por las distintas unidades organizativas, (trabajadores, Comité de Seguridad y ud y Órganos de Gobierno de la Universidad) para mejorar la acción preventiva.
- Elaborar y supervisar las investigaciones de incidentes y accidentes.
- Coordinarse con el Servicio de Prevención Ajeno e incluso intervenir en situaciones de peligro grave e inminente y en la investigación de daños ectados en el marco de la vigilancia de la salud de posible origen laboral.
- Colaborar con la autoridad laboral y/o sanitaria, en todo lo establecido por la legislación vigente.
- Gestionar la coordinación de actividades empresariales.
Está formada por titulados universitarios, y que cuentan con la cualificación necesaria para el desempeño de las funciones de nivel superior correspondientes a las especialidades y disciplinas preventivas de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicosociología aplicada, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del R.D.39/1997, de 17 de enero.