Seguridad en el trabajo

Tal como se recoge en el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) la seguridad en el trabajo se considera como una disciplina técnica encargada de aunar un conjunto de técnicas y procedimientos con el objeto de eliminar o minimizar el riesgo de que se produzcan accidentes en el lugar de trabajo.

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales facilita un conjunto de procedimientos y recursos aplicados a la eficaz prevención y protección frente a los accidentes.

Accidente

Un accidente de trabajo requiere de una atención rápida y eficiente. Sin embargo, la conmoción que causa el siniestro cualquiera sea su intensidad, produce entre las personas más cercanas al damnificado un estado de inquietud que puede llegar hasta la incertidumbre de no saber cómo actuar.

Procedimiento a seguir en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional
Primero

Los trabajadores de la Universidad de Huelva acogidos al Régimen General de la Seguridad Social que sufran un ACCIDENTE DE TRABAJO (A.T.) grave y cuya asistencia médica no admita demora o bien cuando se produzca fuera de la Jornada Laboral “normal” (Turnos de tarde o noche), deberán acudir directamente a su empresa colaboradora.

Por otra parte, el personal acogido a MUFACE, deberá acudir al centro Hospitalario que le corresponda por su pertenencia al I.N.S.S. o entidad médica libre. En cualquier caso, siempre debe comunicarse el hecho lo más pronto posible a su inmediato superior, Jefe de Servicio o de Sección, quien remitirá al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, tan pronto como sea posible.

Segundo

Cuando la asistencia médica por Accidente de Trabajo admita espera, conforme al formato adjunto, la persona afectada se debe dirigir al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Huelva (959-21-81.56 ó 959-21.81.43), para desde allí proceder a la cumplimentación del protocolo correspondiente y remisión a la clínica de Fremap.

Tercero

De todo Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional, con o sin baja, que sea atendido por la clínica de Fremap, con independencia de la comunicación existente entre el equipo médico y la gestora de Fremap, y a través de ésta última, se pasará comunicación, mediante Fax, del documento de atención sanitaria al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.
En el supuesto de no poder utilizar este procedimiento, se deberá remitir un escrito al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, con los siguientes datos:

Nombre y Apellidos de la persona atendida, D.N.I., fecha del accidente y de la asistencia, diagnóstico, calificación de su gravedad y facultativo que presta la asistencia.

En el supuesto de que un Accidente sea calificado de Grave o Muy Grave, éste será comunicado a la mayor brevedad posible al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, sin perjuicio de la comunicación habitual.

Desde el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales se pasará la comunicación del Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional, con o sin baja, al negociado correspondiente (Nominas y Seguridad Social).

Cuarto

Cuando proceda dar la Baja por Accidente al trabajador, en la clínica de Fremap en Huelva, se le dará el PARTE DE BAJA (Ejemplar para el trabajador y ejemplar para la empresa).

Posteriormente el Servicio de Prevención verificará que el accidente de trabajo reúne los requisitos establecidos, procediendo en este caso, a la cumplimentación del Parte de Accidente.

Quinto

Cuando un trabajador/a de la Universidad reciba asistencia sanitaria por Accidente de Trabajo sin baja laboral en la Clínica de Fremap, se le entregará al trabajador/a el Parte de Asistencia (Ejemplar para el trabajador y ejemplar para la empresa).

Sexto

Dentro de los primeros días de cada mes, la Clínica de Fremap facilitará al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales una relación de Accidentes de Trabajo o Enfermedad Profesional sin baja, que hayan sido atendidos médicamente en la citada Clínica.

Séptimo

Por parte del equipo Médico de la Clínica de Fremap se establecerán los criterios de conformidad en cuanto a la calificación degravedad, y en las situaciones de dudosa calificación, se discutirá la misma con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad.

Octavo

La presente circular entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Tablón de Anuncios de la GERENCIA de la Universidad de Huelva.

Equipos de Protección individual (EPI)

La Universidad de Huelva debe garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores proporcionando el equipo de protección adecuado a la labora a desarrollar.

Manejo de extintores

El extintor es el primer elemento que se usa en los primeros minutos de iniciación de un fuego, por tanto, se puede afirmar que de él depende que la propagación del fuego se evite o no. Para elegir un buen extintor hay que conocer qué agente extintor es el más adecuado para el tipo de fuego que se ha producido.

Investigación y registro de accidente

Para poder realizar una buena praxis, hay que saber identificar correctamente qué es un accidente de trabajo y qué es un incidente. Una vez identificado, se procederá a realizar la organización y metodología a seguir para la gestión y control de los accidentes e incidentes.

Métodos de evaluación de riesgos laborales

La evaluación inicial de riesgos deberá hacerse en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa. Hay que tener en cuenta, por un lado, las condiciones de trabajo existentes o previstas, y por otro, la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe sea especialmente sensible, por sus características personales o estado biológico conocido, a alguna de dichas condiciones.

Planes de autoprotección (PAU)

La elaboración de los Planes de Autoprotección viene motivada por el Artículo 20, de la LEY 31/ 1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en el que se establece la obligatoriedad de que todo centro de trabajo prevea las medidas de emergencias y los medios de protección y las condiciones de evacuación adecuadas para garantizar la integridad física de las personas.

El Plan de Autoprotección es el documento que establece el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil.

A continuación, se puede acceder a los planos de los edificios donde encontrará los recorridos de evacuación y la ubicación de los medios de protección en caso de fuego.