La selección de los estudiantes del Máster se llevará a cabo, en función de las plazas ofertadas, por la Comisión de Académica del Título, que determinará la idoneidad del solicitante con base en los criterios de selección que a continuación se explicitan:
Los complementos de formación son una herramienta adicional al baremo de admisión y sirven para procurar que el perfil del alumnado del máster sea lo más completo posible, subsanando con ellos posibles carencias formativas. En lo que respecta a los complementos formativos el artículo 18.5 del RD 822/2021 establece que dichos créditos no podrán superar el equivalente al 20% de la carga crediticia del título. En consecuencia, el Máster Universitario de Especialización en Gestión Cultural, Investigación y ejercicio profesional alcanzados contempla la posibilidad de solicitar la realización de hasta 12 ECTS de complementos formativos adicionales.
Los complementos de formación serán definidos por la Comisión Académica del Máster, en función del perfil de cada estudiante. Los créditos formativos, en caso de ser necesarios, podrán llevarse a cabo en el mismo curso de ingreso en el que se matricule el estudiante, siendo imprescindible su superación para la obtención del título. La Comisión Académica podrá asignar complementos formativos de entre cualquiera de las asignaturas obligatorias del Grado en Gestión Cultural de las Universidades de Huelva o Córdoba.