Para la realizar la preinscripción, hay que acceder al portal de Distrito Único Andaluz (Junta de Andalucía).
La comisión académica del máster, estudiará las preinscripciones y valorará el mérito para establecer la lista de admitidos. El baremo y el criterio de valoración del mérito es:
Información en:
Secretaría Facultad
Facultad de Ciencias de la Educación
Correo: secretaria@fedu.uhu.es
Tf: +34 959 219522
Campus de “El Carmen”, Pabellón 2, Bajo
Avda. de las Fuerzas Armadas, s/n
21007 HUELVA
Este Máster va dirigido a personas con interés por la mejora y transformación de los procesos de enseñanza, así como de la investigación como estrategia para el desarrollo de la carrera profesional.
El perfil de ingreso que mejor se ajusta al Máster Universitario de Innovación Pedagógica y Liderazgo Educativo se encuentra entre quienes acrediten estar en posesión del título de Licenciado, Diplomado o Graduado en:
Así como otras titulaciones afines/equivalente en el ámbito de las Ciencias de la Educación.
Por último, destacamos la idoneidad para docentes en ejercicio y responsables de la Dirección Escolar, Coordinación de Proyectos, Formación del Profesorado y las labores de Inspección y Gestión Educativa.
Hasta el curso 2015-16 la Facultad de Educación, Psicología y Ciencias del Deporte de la UHU no disponía de un Plan de Acción Tutorial considerable específicamente como tal, si bien el profesorado desarrollaba su labor tutorial con el alumnado en cumplimiento de la normativa general de la UHU. La Facultad ha aprobado la creación de un Servicio de Orientación, que contempla en su reglamento diferentes sistemas de apoyo y orientación a las/os estudiantes. En ese sentido define 5 grandes ejes de actuación:
A su vez dentro del eje de Asesoramiento y Orientación, define dos estrategias o servicios:
El servicio de Atención al/la Estudiante se localiza en el pabellón 2 alto de la Facultad y tiene un horario de atención de 10 a 13 h de lunes a viernes.
El Programa de Mentorías tiene como objetivo el desarrollo de mecanismos de ayuda, orientación y formación al alumnado de nuevo ingreso en la facultad y se articulará mediante la ayuda, por parte de compañeros y compañeras de cursos superiores, al que curse el alumnado de nuevo ingreso (tanto alumnos primer curso como de programas de intercambio, Erasmus, Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles –SICUE-) para un correcto desarrollo de su vida universitaria (facilitando su integración académica y social) y el éxito en sus estudios. Como principales funciones encontramos:
El alumnado que desarrolle la función de mentor deberá reunirse un mínimo de cuatro veces durante el curso con su grupo de mentoría, aunque es posible mantener contactos más frecuentes mediante correo electrónico, redes sociales o mensajería instantánea. Las reuniones durarán en torno a los 45 minutos siendo recomendable establecer una hora de inicio y de finalización, estarán divididas en dos apartados, en un primer periodo se comentará la evolución desde la última reunión y, en un segundo periodo, se abordará una temática específica de formación. Es preciso cumplimentar un cuestionario de seguimiento, se facilitará en el curso de formación, al término de cada reunión.
Al término del programa se realizará una valoración de éste por parte de los/as mentores/as, del alumnado que ha participado en el Programa de Mentoría y del Coordinador de mentoría del Título.
Para ello, existirá un coordinador de mentores (un profesor o profesora del Equipo Docente de la Titulación), que deberá reunirse al menos dos veces por curso. Las temáticas a trabajar en estas reuniones versarán sobre cómo optimizar las reuniones con su grupo de mentoría.
Mientras este Servicio de Orientación de la Facultad se hace realidad, desde la Comisión Académica de este Máster que se propone se seguirá entendiendo el apoyo y la orientación de los alumnos y alumnas como una actitud y como un proceso continuo a lo largo de todo el máster, diferenciándose dos momentos con sus respectivas estrategias:
Teniendo como referencia la experiencia de másteres anteriores, se plantean dos tipos de actividades de orientación para estudiantes de nuevo ingreso:
Sistemas de apoyo y orientación de estudiantes tras efectuar su matrícula:
Para el apoyo a estudiantes con discapacidad, la Universidad de Huelva cuenta con la Oficina de Atención a Personas con Discapacidad . Esta Oficina trabaja con el objetivo fundamental de garantizar la plena integración del alumno con discapacidad y Necesidades Educativas Especiales en nuestra comunidad universitaria, potenciando la plena autonomía personal de este colectivo. Las acciones que desarrollan para ello son: elaboración de un protocolo de actuación de todas las oficinas a nivel nacional (que se desarrolló en el II Workshop en Alicante; abril, 2008); atención a usuarios y usuarias ofreciéndoles formación e información complementaria, dando a conocer ayudas y becas específicas para este colectivo; trabajar en colaboración con entidades específicas de atención a la discapacidad (como FEAP, Adecco o Telesor); elaboración y difusión de la Guía de Acceso para alumnado con necesidades educativas específicas, y resolución de carencias en recursos humanos o materiales.
Además, la oficina desarrolla actividades de sensibilización acerca de la problemática relacionada con la discapacidad y atiende directamente en el Servicio de Atención a la Comunidad Universitaria de la Universidad de Huelva las necesidades planteadas por personas con discapacidad en esta institución. Este servicio también presta apoyo a los estudiantes de esta universidad para la gestión y búsqueda de alojamientos en la Oficina de Alojamiento.
La Universidad de Huelva cuenta con otros servicios muy útiles para el alumnado: la Oficina de Atención a Personas Extranjeras, que también cuenta con el apoyo del Servicio de Relaciones Internacionales, y el Servicio de Orientación para el Empleo, que presta un importante apoyo para la búsqueda y orientación laboral
Los requisitos generales de acceso a los másteres oficiales son los que se establecen en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, según los cuales quienes deseen ser admitidos, deberán encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
Los requisitos específicos de admisión, criterios de valoración de méritos y de selección están recogidos en el Reglamento de Enseñanzas Oficiales de Máster de la Universidad de Huelva, conforme a lo establecido en el artículo 17 del RD 1393/2007 modificado por el RD 861/2010, en virtud de los cuales:
Los/as estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, contarán con servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
Curso académico | Plazas ofertadas | Plazas solicitadas | Matriculas de nuevo ingreso | |
Nº | 1ª preferencia | |||
2023/24 | 35 | 104 | 43 | 34 |
2022/23 | 35 | 363 | 89 | 34 |
2021/22 | 35 | 222 | 48 | 30 |
2020/21 | 35 | - | - | - |
2019/20 | 35 | 429 | 84 | 33 |
2018/29 | 35 | 125 | 19 | 16 |
2017/18 | 35 | 250 | 60 | 34 |
La matriculación se realizará en la unidad administrativa competente, siguiendo el procedimiento establecido para ello en las Normas de Acceso y Matrícula en los Estudios Oficiales de Máster Universitario de la Universidad de Huelva. El alumnado que esté cursando el primer año académico de sus estudios, y deba interrumpirlo por algún motivo de carácter excepcional, puede solicitar una prórroga por un período determinado para que no le compute el tiempo a los efectos de las normas de permanencia. Las prórrogas las concede el órgano responsable del Máster.
Información detallada aparece en el Reglamento de Gestión de Procesos Académicos para Grado y Máster en la Universidad de Huelva (Aprobado por Consejo de Gobierno de 15 de marzo de 2021):
https://www.uhu.es/gestion-academica/sites/gestion-academica/files/2021-12/Reglamento_de_gestion_de_procesos_academicos_aprobado_CG_15_marzo_21.pdf
Las solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos obtenidos por los estudiantes en enseñanzas anteriores, en la Universidad de Huelva u otra Universidad, serán resueltas mediante la aplicación del Reglamento para el Reconocimiento y Transferencia de créditos de estudios de másteres oficiales (aprobado en Consejo de Gobierno de 29 abril 2011).
Dicha norma desarrolla y concreta para la Universidad de Huelva las previsiones contenidas en:
Se entiende por reconocimiento la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales, o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
En aplicación de la normativa general, el Trabajo de Fin de Máster de una titulación anterior no podrá ser nunca objeto de reconocimiento.
El reconocimiento de la experiencia laboral y profesional acreditada por el alumnado está limitado al 15% del total de créditos del plan de estudios (art. 4.2 del Reglamento de la Universidad de Huelva). En el caso de este máster se reconocerá un máximo de 9 créditos.
Además, en virtud del a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el reconocimiento de los créditos procedentes de Títulos Propios u otras enseñanzas universitarias no oficiales, se observará estrictamente la exigencia de identidad entre las competencias adquiridas en tales titulaciones previas y las requeridas por el plan de estudios del Máster. En este caso, se reconocerán como máximo 9 créditos del plan de estudios cursados en Títulos Propios, y 9 créditos cursados en enseñanzas superiores oficiales no universitarias.
En aplicación del Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título, las asignaturas reconocidas tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el centro de procedencia. En el caso de créditos procedentes de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales, su reconocimiento no incorporará calificación, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.
En el Reglamento para el Reconocimiento y Transferencia de Créditos de Estudios de Másteres Oficiales PONER EL ENLACE http://www.uhu.es/sec.general/Normativa/Texto_Normativa/REGLAMENTO%20RECONOCIMIENTOS%20%20DE%20MOFs%20DEFINITIVO.pdf se describe y detalla la Normativa de aplicación en la Universidad de Huelva a este respecto, referenciada en las líneas anteriores.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2016, adoptó el siguiente acuerdo de cara a regular el procedimiento para la expedición del Suplemento Europeo al Título (SET) en la Universidad de Huelva. Este Acuerdo será aplicable a las enseñanzas universitarias oficiales de Licenciado, Diplomado, Ingeniero, Ingeniero Técnico, así como a las enseñanzas de Grado y Master reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre. El marco Jurídico de referencia. Además del mencionado Real Decreto 1393/2007, es el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (BOE de 6 de agosto) y en el Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, que recoge el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. De manera específica para las enseñanzas previas a la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), será aplicable el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título (BOE 11 de septiembre).
Para las titulaciones de grados y másteres reguladas por el RD 1393/2007 de 29 de octubre y que hayan finalizado con anterioridad a la convocatoria de febrero y junio del 2016-17, respectivamente. Para aquellos que finalicen con posterioridad a dichas convocatorias el SET será tramitado de oficio por la secretaría del centro, una vez que alumno presente la solicitud del título oficial.
A) PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD
B) LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
Más información en: https://www.uhu.es/fedu/contents/secretaria/1718/titulos/instruccionesSolicitudSuplementoEuropeoTitulo.pdf